Senado aprueba reforma en materia de derecho al descanso conocida como “Ley Silla”

Se estima que el 45% de las personas trabajadoras desempeña las labores de su jornada laboral de pie y sin descanso

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Avanzó la iniciativa que busca
Avanzó la iniciativa que busca procurar el derecho al descanso de las personas trabajadoras durante su jornada laboral (Foto: especial)

En una movilizada sesión en la Cámara de Senadores, los legisladores aprobaron por unanimidad el proyecto de reforma en materia de descanso durante la jornada laboral, también conocida como Ley Silla. Con ello, se busca prohibir que las personas empleadoras obliguen a sus trabajadores a permanecer de pie y sin descanso durante la jornada laboral.

Por unanimidad de los 104 legisladores que atendieron la sesión vespertina de este miércoles 4 de diciembre de 2024, así como ninguna abstención, se dio el visto bueno, en lo general y en lo particular, al dictamen que reforma la Ley Federal del Trabajo (LFT), en materia del derecho al descanso durante la jornada laboral.

“Por unanimidad está aprobado en lo general y en lo particular el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo en materia del derecho al descanso durante la jornada laboral. Se remite al Ejecutivo Federal para los efectos del artículo 52 constitucional”, pronunció el presidente de la mesa directiva del Senado, Gerardo Fernández Noroña, luego de dar a conocer los resultados de la votación.

El dictamen fue aprobado por
El dictamen fue aprobado por unanimidad (ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO.COM)

Con la aprobación del proyecto quedará asentado en el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), correspondiente a las obligaciones de los empleadores, que deberán proveer suficientes asientos o sillas con respaldo a todas las personas trabajadoras en los sectores de servicio y comercio, para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral.

De igual manera, en caso de que los descansos sean periódicos, los asientos o sillas con respaldo que se proporcionen a las personas trabajadoras deberán estar ubicadas en áreas específicas que se designen dentro de las mismas instalaciones del lugar del trabajo para dicho fin.

Por otro lado, en el artículo 133 del mismo código, se prohibió a las personas empleadoras obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral, así como prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.

Otro de los artículos que se reformó corresponde al 423. En dicho sentido, se fijó que el reglamento interior de trabajo contendrá normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras a usar los asientos o sillas con respaldo durante la jornada laboral.

Además, la minuta contempla la modificación de los artículos 422 y 423 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) para cambiar el término “trabajador” por el de “persona trabajadora”.

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