Combatir la pobreza y la exclusión social durante la pandemia. Era este el objetivo inicial del Gobierno de España cuando puso en marcha el Ingreso Mínimo Vital (IMV) en junio de 2020. Pero esta medida se ha prolongado desde entonces y ya ha llegado a un total de 703.479 hogares en los que viven 2.145.006 personas, según la última estadística publicada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el pasado mes de marzo. Y aún serán muchos los españoles que querrán solicitar esta prestación, por lo que conviene que conozcan qué plazo tiene la administración pública para aceptar la solicitud.
Desde su implementación en 2020, el IMV ha actuado como un salvavidas para los colectivos más vulnerables. Esta prestación de la Seguridad Social, con una cuantía media de 508 euros al mes por hogar, tiene como objetivo garantizar una renta mínima a aquellas personas que se encuentren en situación de pobreza severa.
El IMV está dirigido a individuos mayores de 23 años que no formen parte de una unidad de convivencia, es decir, que no estén casados ni sean pareja de hecho. Esta medida, que ha sido crucial en el contexto de la crisis económica y social, está diseñada para ofrecer apoyo económico a quienes más lo necesitan, contribuyendo así a la reducción de las desigualdades y la lucha contra la pobreza extrema en España.
Cuánto tarda la Seguridad Social en aprobar o denegar el IMV

La Seguridad Social tiene un plazo máximo de seis meses para emitir una resolución sobre la solicitud del Ingreso Mínimo Vital desde su presentación. Sin embargo, en la práctica, la mayoría de las solicitudes suelen resolverse antes de alcanzar este límite. En caso de que transcurra ese período sin recibir respuesta, la normativa establece que la solicitud se considerará denegada por silencio administrativo, lo que implica que no se concederá la ayuda solicitada.
Así puedes ver el estado de la solicitud
La forma de verificar el estado de la solicitud del Ingreso Mínimo Vital depende de cómo se haya iniciado el proceso. Si se hizo sin certificado electrónico, hay que revisar la bandeja de entrada de correo electrónico, donde se recibirá un mensaje al comenzar los trámites. En ese correo se encontrará un número de referencia de ocho caracteres, clave para realizar gestiones relacionadas con el IMV. Este número permitirá consultar el estado de la solicitud cada viernes a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Una vez se acceda al portal, se selecciona la opción ‘Gestiona la solicitud presentada’ en la sección correspondiente al IMV.
Por otro lado, si se realiza el trámite de manera presencial o mediante certificado digital o credenciales Cl@ve, se deberá contactar al teléfono gratuito de información sobre el IMV, 900 20 22 22, disponible de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:30 horas, excluyendo festivos.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones detalla diversos estados de solicitud que se podrán consultar, entre ellos: ‘En trámite‘, ‘Pendiente de recibir‘, ‘Revisión de documentación‘, ‘Solicitud finalizada por falta de documentación o archivada por constar otra solicitud presentada’, y ‘Solicitud aprobada, denegada o inadmitida‘.
La cuantía del Ingreso Mínimo Vital en 2025

El Gobierno ha detallado en su página web que la cuantía del Ingreso Mínimo Vital se calcula como la diferencia entre la renta garantizada, establecida por ley, y los ingresos adicionales que puedan tener los beneficiarios. En 2025, esta renta ha experimentado un aumento del 9%, quedando de la siguiente forma:
- Para un beneficiario individual, la renta garantizada es de 7.905,72 euros anuales, lo que equivale a 658,81 euros al mes.
- En el caso de una unidad de convivencia, la renta garantizada se incrementa en un 30% por cada miembro adicional. No obstante, a partir de cinco miembros, la cantidad deja de aumentar. En este caso, la renta garantizada total de la unidad de convivencia no puede superar el 220% de la renta individual.
- Quienes estén esperando la resolución sobre la solicitud del Ingreso Mínimo Vital, es importante tener en cuenta que existe un plazo máximo para recibir la respuesta de la Seguridad Social.