Ya pueden comprarse frutas y verduras “feas” en los supermercados: qué dice la nueva ley del Gobierno

El desperdicio alimentario es uno de los problemas a los que se enfrentan las naciones, por lo que esta norma busca frenar que la comida acabe en la basura

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Foto de archivo de una
Foto de archivo de una persona comprando fruta en un supermercado. (Europa Press)

Ya hay nueva ley de excedente alimentario. Esta normativa ha entrado en vigor el pasado 3 abril y busca prevenir las pérdidas y el desperdicio de alimentos, sobre todo, de aquellos que son perecederos como la fruta y la verdura. A través del Boletín Oficial del Estado se ha destacado que las naciones con cierto nivel socioeconómico se enfrentan a una abundancia de comida, que acaba en la basura.

"No solo se desperdician esos alimentos tan necesarios en sí, sino también los significativos recursos empleados para producirlos", ha recogido el texto legal, que también ha señalado que “en ocasiones supone un lastre muy importante para la política medioambiental”. Según The Water Footprint Network, cada kilo de aguacate requiere unos 2.000 litros de agua.

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Moncloa indica que ya está en marcha la nueva ley sobre desperdicio alimentario. (@desdelamoncloa)

Con tales fines, el Gobierno ha recogido una serie de medidas que deberán adoptar los distintos agentes de la cadena alimentaria, entendidos estos como “operadores pertenecientes al sector primario y terciario, incluyendo cooperativas y demás entidades asociativas, entidades o empresas de elaboración, fabricación o distribución de alimentos”. No importa si es una gran superficie o un comercio que venda al por menor, tampoco si pertenece a la hostelería o restauración. Todos ellos deben cumplir con la ley y garantizar unos derechos a los consumidores.

Derechos de los consumidores

Entre las obligaciones que ha establecido la ley en relación con los consumidores, se indica que estos tienen derecho a recibir información sobre los programas para prevenir el desperdicio, así como sobre el estado de los alimentos que reciben como donación. Por otro lado, los establecimientos de la hostelería y otros proveedores de servicios alimentarios están obligados a facilitar a los usuarios llevarse los alimentos que se vayan a destinar a desperdicio sin coste adicional. Es decir, aportar envases “aptos, reutilizables y reciclables”.

Obligaciones concretas de las empresas

Lo primero que se recoge es el deber de todos los establecimientos de aplicar “cuantas medidas sean posibles” para prevenir las pérdidas y desperdicio alimentario. Si sobra comida después de facilitar su venta, se ha establecido una jerarquía de acción: transformar los productos que sigan siendo aptos para el consumo humano en otras alternativas. Esto se podría aplicarse a fruta excesivamente madura con la que se hace zumo, por ejemplo.

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También se establece la obligación de incentivar la venta de productos con fecha de consumo preferente. En el caso de los comercios al por menor destaca que se tiene que disponer “de líneas de venta con productos “feos”, “imperfectos” o “poco estéticos” siempre cumpliendo lo establecido en las normas de comercialización vigentes en la Unión Europea”.

Imagen de la cocina de
Imagen de la cocina de un comedor social. (Asociación Arrabal)

Por otro lado, en los casos donde no se pueda aplicar esta opción, se deberán donar los alimentos aptos para el consumo. Los comedores sociales suelen ser una buena alternativa. En su defecto, estos se destinarán a “alimentación animal y a la fabricación de piensos dentro del correspondiente marco regulatorio”. No obstante, si no se han podido desarrollar ninguna de estas medidas, como paso final, se derivarán los restos para realizar compost, “y, cuando no sea posible lo anterior, para la valorización energética mediante la obtención de biogás o de combustibles”.

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