Estos son los días que tienes que haber cotizado para cobrar los 570 euros del subsidio por desempleo del SEPE

Para acceder a esta ayuda es fundamental no disponer del derecho a una prestación contributiva por desempleo, es decir, al paro

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Subsidio de desempleo. (Europa Press)
Subsidio de desempleo. (Europa Press)

En España existe una ayuda para aquellas personas que han perdido su trabajo y no pueden acceder a la pensión contributiva de desempleo (popularmente conocido como paro) porque no cuentan con el mínimo de cotización requerido para ello. Se trata del subsidio por insuficiencia de cotización, un apoyo financiero gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), para el que también hay que cotizar un número mínimo de días.

El importe del subsidio se determinará en función del tiempo transcurrido desde su concesión. Durante los primeros seis meses, corresponderá al 95% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que equivale a 570 euros mensuales. En los siguientes seis meses, la cuantía se reducirá al 90% del IPREM, es decir, 540 euros. A partir de entonces y hasta el final del periodo de percepción, el subsidio será del 80% del IPREM, equivalente a 480 euros al mes.

Requisitos del subsidio por insuficiencia de cotización

Para optar a este subsidio, es necesario cumplir ciertos requisitos vinculados a la situación laboral y económica. En primer lugar, la persona debe estar en situación de desempleo total o tener un empleo a tiempo parcial (en este caso, si se desempeñan varios trabajos de este tipo, la suma de las horas trabajadas no puede superar la jornada completa). Además, es de obligatorio cumplimiento haber acumulado al menos 90 días de empleo previo (es decir, haber cotizado 90 días).

Si después de haber generado el derecho al subsidio se ha trabajado, es fundamental que el último empleo haya terminado de manera involuntaria en caso de tratarse de un trabajo por cuenta ajena, o bien demostrar que se está en situación legal de desempleo si era una actividad por cuenta propia.

Además, es necesario suscribir el acuerdo de actividad y no disponer del derecho a una prestación contributiva por desempleo. Tampoco se pueden presentar situaciones de incompatibilidad que impidan acceder al subsidio, como la percepción de otras ayudas o la obtención de ingresos que superen los límites establecidos por la normativa.

Detalles de la reforma del desempleo: el contributivo será compatible con el salario tras un año en paro y durante 180 días.

Es obligatorio acreditar la falta de rentas personales o, en su defecto, la existencia de responsabilidades familiares. Estas condiciones deben cumplirse tanto en el momento de la solicitud inicial como en posibles renovaciones o reanudaciones del subsidio.

La solicitud debe presentarse en un plazo máximo de seis meses desde que se generó el derecho, ya que fuera de este período no será aceptada. Si la persona no tiene responsabilidades familiares pero ha cotizado al menos seis meses, puede solicitar una ampliación dentro de los doce meses posteriores a la situación legal de desempleo, siempre que acredite responsabilidades familiares. En este caso, la duración del subsidio podría extenderse hasta 21 meses, incluso si el período inicial ya hubiera concluido.

También se debe presentar una declaración responsable en la que se detallen los ingresos del mes anterior, tanto de forma individual como, si aplica, del resto de la unidad familiar. Por último, es imprescindible estar inscrito como demandante de empleo en el momento en que se resuelva la solicitud. En caso de reunir los requisitos para el subsidio dirigido a mayores de 52 años, este será el que se conceda.

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