Estaba previsto que, a partir del 1 de enero de 2025, la Seguridad Social introdujese una nueva figura en la estructura de cotizaciones, llamada cuota de solidaridad. Sin embargo, este plan del Gobierno, que tenía como objetivo final la revalorización de las pensiones, se ha ido al garete, de momento, después de que se rechazase en el Congreso de los Diputados el conocido como decreto ‘ómnibus’ tras el voto en contra de PP, Vox y Junts.
La medida queda en el aire
Tras la derogación del texto que combinaba la revalorización de las pensiones y la prórroga de descuentos en el transporte público, queda suspendida la aplicación de la cuota de solidaridad a aquellos asalariados cuyos ingresos superen el umbral de la base máxima de 4.909 euros mensuales (58.908 euros anuales).
En qué consiste la cuota de solidaridad
Ante el incremento proyectado de jubilaciones para la década de 2040, se desarrolló la “cuota de solidaridad”, como un mecanismo dirigido a reforzar los recursos de la Seguridad Social. Este sistema se aplicará exclusivamente a los trabajadores asalariados por cuenta ajena. Uno de los puntos clave es que afectará únicamente la porción de los salarios que supere la base máxima de cotización, mientras que los autónomos no estarán sujetos a esta medida.
El trabajador asumirá el 16,6% del coste total de esta cotización, mientras que la mayor parte, el 83,4%, será cubierta por la empresa. Este esquema de distribución asegura que la carga económica recaiga de manera mayoritaria sobre el empleador.
Aplicación progresiva del impuesto
Además, este nuevo tipo impositivo será aplicado, si se logra su aprobación, de forma gradual, es decir, el cálculo de esta cotización se realizará por tramos:
- Primer tramo: para los salarios que superen en un 10% la base máxima de cotización, la cuota de solidaridad será del 0,92%.
- Segundo tramo: si los ingresos del trabajador exceden la base máxima entre un 10 y 50%, estarán sujetos a una cotización del 1%.
- Tercer tramo: en caso de que el salario supere la base máxima en más de un 50%, la cuota de solidaridad ascenderá hasta el 1,17%.
Ejemplificando estos porcentajes, para un salario mensual de 7.363,5 euros, que supera la base máxima de cotización en un 50%, el aporte adicional sería de 24,13 euros al mes. En términos anuales, esto representaría una contribución extra de 289,56 euros. Por otro lado, un salario de 5.400 euros mensuales, que excede dicha base un 10%, generaría un costo adicional de 4,5 euros mensuales, lo que equivale a 54 euros al año.
Objetivo de la cuota de solidaridad
La “cuota de solidaridad” es parte de una estrategia planteada para enfrentar los desafíos que se prevén tanto en el ámbito demográfico como en el económico en las próximas décadas. Según destacó el exministro José Luis Escrivá, propulsor de esta reforma, estas medidas apuntan a garantizar la sostenibilidad a largo plazo del sistema de la Seguridad Social.
Los ingresos extra que se esperan obtener de la cuota de solidaridad, junto con las pensiones contributivas y las bases máximas de cotización, pretenden consolidar un equilibrio financiero que asegure la sostenibilidad económica frente a las exigencias actuales.