¿Qué pasa si me intervienen durante el Estado de Emergencia y no tengo mi DNI u otro documento de identidad?

La norma amplía las facultades policiales en controles de identidad, por lo que el traslado a una dependencia por no portar documentos tiene un plazo máximo y puede evitarse con alternativas digitales oficiales

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¿Qué pasa si me intervienen
¿Qué pasa si me intervienen durante el Estado de Emergencia y no tengo mi DNI u otro documento de identidad? - Andina

El Estado de Emergencia en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, vigente por treinta días según el Decreto Supremo Nº 124-2025-PCM, ha incrementado la presencia de autoridades en las calles y extendido la facultad de la Policía Nacional del Perú (PNP) y las Fuerzas Armadas para efectuar controles de identidad. Bajo este régimen, las restricciones a derechos constitucionales habilitan a los efectivos a solicitar documentos de identificación en operativos rutinarios o focalizados.

¿Qué ocurre durante una intervención policial sin DNI?

En el contexto del Estado de Emergencia, los operativos de control de identidad se han intensificado, principalmente en zonas consideradas críticas por las autoridades. Cuando una persona es intervenida y no porta el Documento Nacional de Identidad (DNI) u otro documento oficial, la policía puede solicitar cualquier otro medio válido que permita identificarla. De acuerdo al marco legal vigente, el control de identidad consiste en el requerimiento de identificación personal por parte de un agente en la vía pública o en inmuebles, si la situación lo justifica.

Si la persona no puede demostrar su identidad con ningún documento físico, la ley permite a la policía trasladar a la persona a la dependencia policial más cercana, únicamente para el fin de verificar su identidad. Este procedimiento no puede extenderse más de cuatro horas. En caso de no ser identificado plenamente en ese lapso, la autoridad está obligada a permitir su retiro inmediato de la comisaría.

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Estado de emergencia: Lima y Callao amanecen bajo despliegue militar y policial|Clara Giraldo(Infobae Perú)/Presidencia

Alternativas digitales para acreditar la identidad

Ante la posibilidad de no portar documentos físicos durante el Estado de Emergencia, el Estado ha habilitado herramientas digitales accesibles y gratuitas. En caso de pérdida o imposibilidad de contar con el DNI, es posible obtener el certificado C4 a través del portal de la Reniec (Registro Nacional de Identificación y Estado Civil) (acceso aquí). Este documento electrónico se utiliza como soporte en situaciones de verificación de identidad y puede presentarse para trámites urgentes.

Para los conductores de vehículos motorizados, existen varias plataformas oficiales en línea donde se pueden consultar los documentos requeridos por la autoridad:

Estas alternativas digitales representan una opción válida ante escenarios imprevistos, como la suspensión de derechos durante estados de excepción o la pérdida de documentos físicos. El objetivo es reducir el riesgo de retención injustificada y simplificar la acreditación personal durante las intervenciones policiales.

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Estado de emergencia: los políticos reaccionan a nueva normativa| Andina

Fundamento legal y garantías durante el Estado de Emergencia

El Decreto Supremo Nº 124-2025-PCM precisa que la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno junto con el apoyo de las Fuerzas Armadas. El marco constitucional —artículo 137 de la Constitución Política— permite suspender derechos como la libertad personal, la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito y reunión durante el periodo declarado.

La normativa establece límites a la actuación policial: toda intervención debe observar los principios de legalidad, proporcionalidad y respeto a los derechos fundamentales. Según el Decreto Legislativo Nº 1186, que regula el uso de la fuerza por parte de la PNP, y el Decreto Legislativo Nº 1095, que regula el uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas, las acciones deben enfocarse exclusivamente en el control del orden interno y la lucha frente a la criminalidad.

Cualquier detención o traslado a una dependencia policial por ausencia de documentos no debe extenderse más de cuatro horas. El derecho a la protección y el respeto a la integridad física y moral permanece vigente para mujeres y personas en condición de vulnerabilidad gracias a protocolos especiales de actuación conjuntos entre policía y otras entidades estatales.

Consideraciones para ciudadanos y extranjeros

Las personas extranjeras también pueden ser objeto de control de identidad, según supuestos regulados por la normativa sobre migraciones y seguridad ciudadana. El Estado recomienda contar con algún medio digital o físico que permita una pronta acreditación para evitar complicaciones y retrasos en operativos programados o aleatorios.

Mantener actualizados los documentos digitales y conocer los portales oficiales habilitados por las autoridades facilita una gestión adecuada durante el Estado de Emergencia. Ante cualquier exceso, el ciudadano puede exigir la aplicación estricta de los límites legales previstos para la identificación y retención por parte de la autoridad.