Luego de que el Poder Judicial sentenciara a un policía que abatió a un delincuente menor de edad que intentó asaltarlo con un arma de fuego, el fallo contra el agente PNP causó polémica. El agente de la Policía Nacional del Perú (PNP), Gilmer Torres Bello, había sido condenado a más de diez años de prisión por homicidio simple, pero tras una revisión judicial, se resolvió su absolución.
Como se recuerda, el 4.º Juzgado Penal Unipersonal Supra Provincial de Chiclayo, en septiembre de 2024 condenó al suboficial Torres Bello, a 10 años y 8 meses de cárcel. El caso se originó cuando el agente, mientras se encontraba fuera de servicio, fue abordado un grupo de delincuentes que intentaron asaltarlo. Uno de los sujetos comenzó a disparar, por lo que el agente hizo uso de su arma de reglamento y abatió al criminal.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, al revisar el caso, consideró que existía una causal de legítima defensa que exoneraba de responsabilidad penal al acusado. Esta interpretación, sustentada en el artículo 20 inciso tres del Código Penal, se fundamentó en el hecho de que el policía actuó en defensa de su integridad física ante una amenaza inminente.

Suboficial fue absuelto
El tribunal apelante analizó las circunstancias del incidente. Según la defensa del agente, este se encontraba en riesgo debido a un intento de asalto por un delincuente armado. La legítima defensa, reconocida por la ley, justifica el uso de la fuerza ante un peligro inminente de daño físico. En su fallo, la Corte Superior de Justicia de Lambayeque concluyó que, al no haber intención de matar, sino una respuesta ante una agresión, se aplicó correctamente el principio de legítima defensa.
“Los integrantes de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, en aplicación de los artículos 417, 419 y 425 del Código Penal del Código Procesal Penal, resuelven revocar la sentencia contenida en la Resolución número tres de fecha 25 de septiembre del año 2024, emitido por el 4.º Juzgado Penal Unipersonal Supra Provincial de Chiclayo”, manifesta el juez.

Un aspecto relevante del fallo es la decisión de eximir al policía de responsabilidad civil. La Corte determinó que, debido a la legítima defensa, no existió un nexo causal entre la acción de Torres Bello y la muerte del delincuente. Por lo tanto, no se le impuso la obligación de pagar la reparación civil, inicialmente establecida en S/ 5.000 para la familia del abatido criminal. Además, el proceso judicial fue cerrado con un archivo definitivo, lo que también anula los antecedentes generados como consecuencia del juicio penal.
“Eximieron de responsabilidad penal al acusado Gilmer Torres Bello, en calidad de autor del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en su figura de homicidio simple previsto en el artículo 106 del Código Penal, en agravio de quien en vida fuera Lionel Estefan Marco Rivadeneira, al haber operado la causal de legítima defensa regulada en el artículo 20 inciso tres del Código Penal, disponiéndose el archivo definitivo de la presente causa y anulándose los antecedentes que se hayan generado como consecuencia del presente proceso. Así mismo, declararon que no le asiste responsabilidad civil al acusado Gilmer Torres Bello”, continuó”
Policía abatió a delincuente armado
El 7 de mayo de 2022, el suboficial PNP Gilmer Torres, quien en ese momento se encontraba de vacaciones, decidió prestar servicio de taxi en la ciudad de Chiclayo. Durante su turno, fue detenido por un grupo de cinco menores, de entre 16 y 18 años, que le pidieron ser trasladados hasta la urbanización Las Palmas. Al llegar a su destino, los menores lo amenazaron con dos armas de fuego y un arma blanca, despojándolo de su dinero y celular, e intentando robarle el vehículo.
Mientras los delincuentes intentaban huir, Torres se percató de que uno de ellos había tomado las llaves de su taxi. Al intentar detenerlo, el menor comenzó a disparar contra él. Torres respondió con su arma, lo que resultó en la muerte de Leonel E. M.R., uno de los atacantes. Tras el incidente, el suboficial se dirigió rápidamente a buscar ayuda, encontrando a un patrullero del Escuadrón de Emergencia para reportar lo sucedido.
El caso generó controversia y fue analizado por el tribunal apelante, que determinó que el uso de la fuerza por parte de Torres estuvo justificado debido a la amenaza inminente que enfrentaba. La Corte Superior de Justicia de Lambayeque concluyó que, al no existir intención de matar, sino una respuesta a una agresión, se aplicó correctamente el principio de legítima defensa, eximiendo al policía de responsabilidad civil y penal en el incidente.