Conferencias matutinas podrían implicar censura indirecta, advierte Tribunal Colegiado

Un periodista presentó una queja sobre varios comentarios que se hicieron en su contra durante la transmisión de este espacio

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El mandatario fue acusado en
El mandatario fue acusado en diversas ocasiones por sus comentarios contra la prensa. (EFE/Mario Guzmán)

El Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito determinó por unanimidad que la sección “¿Quién es quién en las mentiras?” de las conferencias matutinas del expresidente Andrés Manuel López Obrador operó como un instrumento de estigmatización, utilizando recursos públicos para desacreditar y señalar de manera unilateral a periodistas críticos como “mentirosos”, atribuyéndose de facto la facultad de definir la “verdad” y la “mentira” desde el poder político.​

Esta resolución se emitió en respuesta a un amparo promovido por el periodista Raymundo Riva Palacio, quien denunció expresiones de acoso, represalia y denostación en su contra durante dos conferencias de prensa matutinas, tanto por parte del entonces presidente López Obrador como de la exdirectora de Redes de la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República, Elizabeth García Vilchis.​

Durante la administración del tabasqueño se hicieron virales varias quejas muy similares a las del comunicador, principalmente en figuras como Carlos Loret de Mola o medios como El Universal y El Financiero, sin embargo, habría sido solo Riva Palacio quien interpuso la queja de manera formal.

El columnista señaló a López
El columnista señaló a López Obrador de haber imaginado escenarios "disparatados" ante las fallas de su gobierno. (Cuartoscuro)

¿Cuáles fueron las faltas que cometió el exmandatario?

El tribunal señaló que estas prácticas contravienen las libertades de pensamiento, de expresión y de prensa. Se emplearon recursos públicos con la finalidad aparente de brindar transparencia y comunicación ciudadana para generar en realidad campañas de desinformación, propaganda oficial, juicios mediáticos de desprestigio, exposición de datos personales y ataques a la vida privada y al honor de ciudadanos o periodistas considerados opositores al gobierno.​

Además, el tribunal advirtió que estas acciones fomentan la censura indirecta, la polarización social y erosionan los pilares de la democracia, al pretender imponer una versión deformada de la verdad de carácter oficial, sin garantizar el derecho de réplica ni un debate público sobre bases informativas neutrales, objetivas y pluralistas.​

Riva Palacio afirmó que estas acciones afectaron a muchas personas y que la estigmatización fue una manera “tan violenta” de atacar a quienes ejercen su derecho a la libertad de expresión y prensa.​

El periodista considera que se
El periodista considera que se registraron agresiones en su contra durante la transmisión de las mañaneras. (EFE/FRANCISCO GUASCO/Archivo)

La resolución del tribunal destaca la importancia de proteger las libertades fundamentales y de evitar el uso de recursos públicos para fines que contravengan los principios democráticos y los derechos humanos.​

Esta decisión judicial marca un precedente en la defensa de la libertad de expresión en México y subraya la necesidad de garantizar un entorno en el que los periodistas y ciudadanos puedan ejercer sus derechos sin temor a represalias o estigmatización por parte del poder político.