
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dieron los últimos detalles del proyecto final de las “Reglas de Carácter General de la Prueba Piloto para la Incorporación de las Personas Trabajadoras de Plataformas Digitales al Régimen Obligatorio del Seguro Social”. Dicho programa será un paso fundamental para que los trabajadores de plataformas digitales puedan sumarse al Régimen Obligatorio del Seguro Social, en cumplimiento con lo establecido en la reciente reforma laboral.
Hace unos días, el titular de la STPS, Marath Baruch Bolaños López, destacó que estas nuevas disposiciones -publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado mes de diciembre- garantizarán que la puesta en marcha de la prueba piloto se realice en tiempo y forma, proporcionando certidumbre jurídica tanto a los trabajadores como a los empleadores del sector.
De acuerdo con el secretario, esta reforma laboral se creó con apoyo de las organizaciones de trabajadores de plataformas digitales y las empresas para ofrecer condiciones dignas a los más de 658 mil personas registradas como colaboradores de las aplicaciones, de los cuales 272 mil tienen un ingreso equivalente o superior al salario mínimo mensual.
Cuándo inicia el programa piloto para trabajadores de plataformas digitales

El Diario Oficial de la Federación publicó el 24 de diciembre las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, estableciendo nuevas disposiciones para los trabajadores que laboran en plataformas digitales. En su publicación se detalló que el programa piloto dará inicio el 27 de junio de 2025. Cinco días después de esta fecha, se darán a conocer las reglas y requisitos específicos para que los trabajadores estén asegurados en el IMSS.
Para garantizar la implementación adecuada de la reforma, se estableció una mesa técnica de trabajo conformada por personal especializado del IMSS y la STPS, así como representantes de las empresas de plataformas digitales. Esta mesa técnica se enfocará en facilitar el cumplimiento ágil y oportuno de las nuevas obligaciones en materia de seguridad social, para lograr un proceso eficiente de inscripción, reporte y cotización ante el IMSS por parte de las empresas del sector.
Las fechas clave del proceso incluyen la entrada en vigor de la reforma el 22 de junio de 2025, la publicación de los lineamientos correspondientes el 27 de junio del mismo año y el inicio del programa piloto en esa misma fecha. Se prevé que la prueba piloto concluya en diciembre de 2025, para así lograr la implementación completa de la reforma.
Cuáles serán los beneficios a trabajadores

Con la entrada en vigor de esta reforma, los trabajadores de plataformas digitales tendrán una serie de derechos y beneficios que fortalecerán su protección laboral. El logro principal será el acceso a la seguridad social a través de la afiliación al IMSS, lo que les permitirá recibir atención médica, prestaciones por maternidad, protección ante accidentes laborales.
Además de la incorporación al seguro social, los trabajadores también contarán con su incorporación al Infonavit, así como acceso a sistemas de retiro y guarderías. Es importante resaltar que estos beneficios solo estarán disponibles para los empleados que tengan un ingreso mensual equivalente o superior al salario mínimo de la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM).
También contarán con protección contra despidos injustificados, transparencia de indecisiones algorítmicas -es decir, conocerán bien cuándo y por qué se cobran cuotas o cuándo reciben ciertos ingresos-, así como protocolos contra hostigamientos y acoso.
Quienes laboren en plataformas digitales tendrán derecho a una compensación de 20 días de salario por cada año de servicio prestado, y aquellos que laboren más de 288 horas anuales podrán participar en el reparto de utilidades de las empresas.
El secretario Bolaños López mencionó que esta reforma es “pionera a nivel mundial”, ya que otorga garantías laborales sin afectar el modelo de negocio de las plataformas digitales. Además, asegura la continuidad de la autonomía de los trabajadores, permitiendo que estos sigan definiendo su horario y la empresa con la que desean colaborar, al tiempo que acceden a protección social y beneficios laborales.