¿Qué sucederá si ninguna mujer obtiene votos en la elección judicial? El INE busca la respuesta

Previamente, el órgano electoral aprobó los criterios para garantizar el principio de paridad de género

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El Consejo General aprobó la
El Consejo General aprobó la solicitud de ampliación presupuestal. (X/@INEMexico)

A sólo 110 días de las elecciones del Poder Judicial, el Instituto Nacional Electoral (INE) continúa analizando qué acciones se llevarán a cabo si ninguna candidata aspirante a una magistratura o plaza de juez obtiene votos en el distrito judicial que se postuló.

Aunque en la sesión del 10 de febrero el Consejo General del órgano electoral aprobó los criterios para garantizar el Principio Constitucional de Paridad de Género en el proceso del próximo 1 de junio de 2025 por lo que no podrán resultar electos más hombres que mujeres, no se logró llegar a un acuerdo respecto a si se emiten solo votos por candidatos para algunos cargos.

Aunque las y los consejeros señalaron que se trata de un escenario poco probable, se acordó que deben de quedar reglas establecidas.

Una de las propuestas incluidas en los primeros proyectos establecía que se asignara la candidatura a la aspirante que obtuviera el mayor número de votos en proporción a su distrito judicial electoral, en la especialidad del circuito judicial correspondiente.

Otra, formulaba que, si en todo el circuito judicial no se emiten votos a favor de mujeres en determinada especialidad, estos cargos se declararán vacantes para ser electos en el Proceso Electoral de 2027. Sin embargo, la propuesta no fue aprobada.

(Cuartoscuro)
(Cuartoscuro)

Paridad de género en elecciones del Poder Judicial

El Consejo General del INE aprobó que el procedimiento para la asignación de cargos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y el Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) sea mediante la creación de dos listas, una para mujeres y otra para hombres, ordenadas según el número de votos obtenidos, conforme a lo siguiente:

  • Cinco ministras y cuatro ministros de la SCJN.
  • Una magistrada y un magistrado de Sala Superior del TEPJF.
  • Tres mujeres y dos hombres del TDJ.

Por consiguiente, el órgano electoral estableció que la asignación de los cargos se realizará de manera alternada, comenzando por las mujeres, hasta completar todos los puestos vacantes.

“Con esto se garantiza la paridad en su vertiente horizontal y vertical”, aseguró el INE.

Por primera vez en la
Por primera vez en la historia, México contará con más ministras que ministros. (X/@SCJN)

¿Qué se entiende por paridad de género?

La paridad de género se refiere a la igualdad de representación, participación y oportunidades entre hombres y mujeres en distintos ámbitos de la sociedad, como la política, la economía, la educación y el trabajo. Este concepto busca erradicar las barreras estructurales, culturales y sociales que han generado disparidades históricas entre los géneros, asegurando equidad y justicia para ambos.

En la política, por ejemplo, la paridad de género se busca mediante la implementación de cuotas que garanticen una representación equitativa de mujeres y hombres en cargos públicos. En el ámbito laboral, se promueve a través de políticas que aseguren igualdad salarial, acceso a posiciones de liderazgo y condiciones laborales libres de discriminación.

El objetivo de la paridad de género no es solo garantizar igualdad numérica, sino transformar las dinámicas de poder y tomar en cuenta las necesidades y perspectivas de ambos géneros en la toma de decisiones.

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