Activistas comparan caso de Marianne ‘N’ con el Fofo Márquez: éstas son las similitudes y el marco legal

Colectivas y activistas feministas reaccionaron a los cuestionamientos entorno a la tipificación del delito contra la influencer

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La joven fue detenida tras
La joven fue detenida tras supuestamente haber apuñalado a otra joven Crédito: IG/marianne_rc

El caso de la influencer Marianne ‘N’ ha generado controversias en redes sociales desde que la joven de 17 años fue detenida el 5 de febrero pasado por presuntamente apuñalar al menos 14 veces a Valentina Gilabert, quien supuestamente es novia de su expareja, no solo por la agresión en sí, sino por las críticas entorno a la clasificación del delito.

En redes sociales, usuarios, activistas y colectivas feministas han comparado el caso de Marianne con el del también influencer Fofo Márquez, quien recientemente fue sancionado con 17 años de prisión por golpear brutalmente a una mujer a principios del 2023, pues se ha cuestionado por qué el joven fue señalado de tentativa de feminicidio y la adolescente por el delito de lesiones.

Algunas de las cuestiones sobre por qué Marianne no es acusada de tentativa de feminicidio están ligadas a sobre si es porque se trata de una mujer o si tiene que ver con ser menor de edad.

La colectiva Werwomenonfire publicó esta semana un fragmento de lo indica el Código Penal sobre el feminicidio y la tentativa de feminicidio, aclarando que las mujeres también pueden ser acusadas por ese delito.

Por su parte, la colectiva Brujas del Mar recordó que un caso similar al de Marianne es el de Mya Naomi, una adolescente que fue apuñalada 47 veces por su expareja en 2022, quien fue liberado dos meses después por las autoridades por también ser menor de edad.

“Marianne “N”, la influencer que apuñaló hasta en 14 ocasiones a Valentina presuntamente por ser la nueva novia de su ex novio, fue detenida pero quisiéramos recordar otro caso, uno que sí comparte similitudes y que nos puede ayudar a comprender un poco la complejidad de esta situación.

Destacó que esto dio pie a que los familiares de la víctima impulsaran una ley para que los menores de edad fueran sancionados con penas más duras y puedan ser acusados de feminicidio y tentativa de feminicidio, según corresponda.

“En el Código Penal los delitos se contemplan de manera distinta cuando quien los comete es menor, también hay delitos que aún no están tipificados, entre ellos el grado de tentativa en homicidio y feminicidio. Este fue el caso. Dado a lo anterior, Mya y su mamá empezaron a impulsar lo que llamaron #LeyMya para que se evalúen los crímenes cometidos por menores y alcancen mayores penas, además de incluir el grado de tentativa en homicidio y feminicidio.

“Esto crea un escenario limitado para la estrategia de la defensa legal de Valentina, así como en su momento de Mya. Vemos que la comparación que hacen de este caso no va de hablar de los detalles que se presentan en lo anterior, sino en el caso de Fofo Márquez, quien es mayor de edad y su abogado había logrado una estrategia para que sólo le dieran 4 años, que Fofo y/o su familia decidieron rechazar y cambiar, resultando en una sentencia mayor. También es de mencionarse que la defensa de su victima tuvo mucho que ver en el hecho de que el proceso se llevara por feminicidio en grado de tentativa, porque las Fiscalías comúnmente se van por lesiones”, agregó.

¿Cuál es el marco legal?

De acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), los menores de 18 años deben ser enjuiciadas conforme a la Ley Federal de Justicia para los Adolescentes, que en su artículo 56 indica que “el internamiento preventivo deberá aplicarse sólo de manera excepcional, hasta por un plazo máximo de tres meses, cuando otra medida cautelar menos gravosa resulte insuficiente para garantizar la presencia del adolescente o adulto joven en el procedimiento”

Asimismo, en el artículo 57 se señala que el juicio se desahogará de manera escrita y formal, privilegiando en todo momento la inmediación, inmediatez y celeridad procesal del juzgador en las actuaciones, atendiendo a la supletoriedad del Código Federal de Procedimientos Penales.

¿Cuáles son las sanciones por el delito de lesiones según el Código Penal?

El artículo 288 del Código Pernal define como lesiones toda alteración en la salud como heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras y cualquier otro daño que deja huella material en el cuerpo humano, si esos efectos son producidos por una causa externa.

El artículo 289 precisa que al que infiera una lesión que no ponga en peligro la vida del ofendido y tarde en sanar menos de quince días, se le impondrán de tres a ocho meses de prisión, o de treinta a cincuenta días multa, o ambas sanciones a juicio del juez. Si tardare en sanar más de quince días, se le impondrán de cuatro meses a dos años de prisión y de sesenta a doscientos setenta días multa.

¿Qué dice el Código Penal Federal sobre la tentativa feminicidio?

El Artículo 325 Bis indica que comete el delito de tentativa de feminicidio quien, con intención de privar de la vida a una mujer por razones de género, no logré consumarlo por circunstancias ajenas a éste.

“La tentativa de feminicidio será sancionada con una pena de prisión no menor a dos terceras partes de la sanción mínima establecida para el delito consumado. Además, quien sea declarado culpable de feminicidio, conforme a lo dispuesto en el artículo anterior, estará obligado, además de las sanciones penales correspondientes, al pago de la reparación del daño en favor de la víctima, según lo determine el juez”, se lee en el documento.

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