Clara Brugada, jefa de Gobierno de la Ciudad de México (CDMX), inició este jueves con la entrega del programa Pensión Hombres Bienestar 60 a 64 años, que otorga un apoyo de tres mil pesos bimestrales.
El programa además está acompañado de acciones para facilitar el acceso a la salud, la activación física, trámite gratuito de testamento, ofertas de empleo y acceso a créditos para emprender.
Desde el Zócalo, Brugada Molina indicó que este año el programa beneficiará a más de 77 mil adultos y permitirá que la Ciudad de México sea la primera entidad en la que todas las personas entre 60 y 64 años reciban un apoyo.
Esto al complementarse con la Pensión Mujeres Bienestar, que cubrirá a todas las mujeres en este rango de edad.
“Mientras la Federación apoya a las mujeres de esta edad, la ciudad apoya a los hombres que tienen esta edad, para que nadie se quede atrás y de esta manera en las familias de la Ciudad de México tendremos pensión universal a mujeres y hombres”, dijo.
La Pensión Hombres Bienestar busca contribuir al ingreso de los adultos mayores y operará por primera vez en 2025, atendiendo a personas de entre 63 y 64 años.
Mientras que en los ejercicios fiscales posteriores se ampliará la incorporación de manera progresiva hasta lograr cubrir a todo el segmento de 60 a 64 años.
La incorporación se realizará a través de la estrategia casa por casa, que estará a cargo de la Secretaría de Atención y Participación Ciudadana y se priorizará las colonias más vulnerables.
Para acceder las personas deben cumplir con:
- Ser residente de la Ciudad de México.
- Tener al momento de la inscripción al programa 63 años cumplidos y no más de 64 años y 10 meses.
- No recibir ningún apoyo de este tipo de manera simultánea.
Además, se solicitarán los siguientes documentos:
- Identificación con fotografía: credencial para votar, IMSS, ISSSTE o INAPAM, cédula profesional, cartilla militar, licencia de conducir o cualquier otro documento expedido por la autoridad competente.
- Comprobante de domicilio vigente: recibo telefónico, predial, agua, luz, gas, contrato de arrendamiento o constancia de residencia expedida por la alcaldía. La fecha de expedición no deberá ser mayor a tres meses.
- Acta de nacimiento, únicamente en caso de que la fecha de nacimiento no sea visible en la identificación oficial.
- CURP, en caso de que no sea visible en la identificación oficial.