En la madrugada del domingo 12 de enero, Asael J. G., un hombre de 26 años originario de Hidalgo, fue detenido por elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal (SSPM) en Ciudad Juárez, Chihuahua. Las autoridades lo acusan de presunta participación en un caso de fraude genérico, luego de que se negara a pagar la cuenta en un bar ubicado en la Zona Pronaf.
El incidente ocurrió en el cruce de las calles de Chetumal y Abraham Lincoln, donde consumió bebidas alcohólicas por un total de 53 mil 22 pesos, sin incluir propina, según reportó el medio local El Diario. Tras recibir la cuenta, el ahora detenido afirmó no contar con efectivo para liquidarla.
El ticket presentado revela un consumo que incluye 72 cervezas de cuatro etiquetas distintas, con un precio promedio de 440 pesos por unidad. También se registraron pedidos de tequila y cocteles.
Aunque no se especifica si Asael estaba acompañado, la cantidad consumida sería acorde con un grupo numeroso, posiblemente de más de diez personas.
Acciones legales ante el impago en restaurantes
Si bien el simple hecho de no pagar la cuenta en un restaurante no constituye un delito automáticamente, los establecimientos pueden tomar medidas legales para garantizar el cobro, como:
- Retener documentos o pertenencias del cliente como garantía.
- Presentar al cliente ante un juzgado cívico para determinar una forma de pago.
- Llamar a la policía para mediar en el conflicto.
- Solicitar la firma de un pagaré como compromiso de pago.
El impago en restaurantes puede ocurrir por diversas razones, como desacuerdos con el precio o la calidad del servicio, donde algunos clientes, insatisfechos, deciden no pagar como forma de protesta. También puede ser ocasionado por errores o confusiones, como olvidos accidentales, o, en casos intencionales, cuando los clientes intentan evadir el pago, especialmente en establecimientos con alto tráfico o cuando la atención no es suficientemente rápida para prevenirlo.
Ante este delito, algunos restaurantes implementan medidas preventivas, como solicitar el pago por adelantado, sobre todo en menús más caros, o exigir una tarjeta de crédito para garantizar la transacción.
¿Cuándo se considera fraude?
El artículo 387 del Código Penal Federal señala que el impago puede tipificarse como fraude si el cliente se niega a pagar o busca evadir el pago de manera intencional. Las penas dependen del monto defraudado:
- Hasta 10 veces el salario mínimo: prisión de 3 días a 6 meses o multa de 30 a 180 días.
- De 10 a 500 veces el salario mínimo: prisión de 6 meses a 3 años y multa de 10 a 100 días.
- Más de 500 veces el salario mínimo: prisión de 3 a 12 años y multa de hasta 120 días.
El fraude en restaurantes puede manifestarse de diversas formas, como las fugas intencionales, donde el cliente se va sin pagar sabiendo que no lo hará; el uso de tarjetas de crédito falsas o robadas para evitar el pago legítimo; o estafas de manipulación, en las que el cliente miente sobre el precio o la cantidad consumida para pagar menos de lo que corresponde. En estos casos, se constituye un delito de fraude que puede llevar a consecuencias legales, como demandas civiles o incluso cargos penales.
Este caso pone en evidencia la importancia de actuar con responsabilidad financiera por parte de los consumidores y de que los establecimientos sigan procedimientos legales en situaciones de adeudos. De igual manera, pueden implementar diversas medidas de seguridad, como la revisión y seguimiento de la cuenta antes de la salida.