Una jueza federal en materia Administrativa en el estado de Jalisco, con residencia en Zapopan, María Gabriela Ruiz Márquez, concedió el primer amparo en contra de la Reforma al Poder Judicial al considerar que se encontraron vicios de procedimiento para la aprobación de la reforma que afectan la regularidad de todo el conjunto de actos, por tanto ordenó que se deje sin efecto los actos del proceso de la reforma.
En la resolución, la jurista señaló que durante el proceso legislativo se produjo un “efecto corruptor” debido a diversas irregularidades que hacen presumir vicios en el consentimiento de los parlamentos. A la par, recalcó que el órgano reformador no cumplió con su carga argumentativa y probatoria para demostrar cómo es que la reforma judicial tiene una finalidad legítima.
“El procedimiento legislativo tuvo que ser, cuando menos, impecable y debió permitir la inclusión de todas las voces, tomándolas en cuenta, en un debate robusto, abierto al diálogo y defender al interlocutor, no cerrado, simulado, opaco y envuelto en un contexto de encono social y político que en nada abonaron a la calidad democrática de la discusión, por el contrario, por la forma en que se desarrolló, más que un ejercicio deliberativo, representó un ejercicio meramente ejecutor o formalizado de una voluntad ajena”, se lee en la resolución emitida el pasado 6 de diciembre.
Desde la promulgación de la reforma al Poder Judicial, jueces han emitido sentencia para intentar derribar el procedimiento, su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y su implementación de la Reforma Judicial, aunque ninguna ha logrado frenar sus efectos.
Recordar que el oficialismo presentó una reforma constitucional para modificar el Artículo 107 y 105 de la Carta Magna, en los que se establece que ninguna iniciativa puede ser objeto de un juicio de Amparo o una acción de inconstitucionalidad para evitar que alguna modificación pueda ser atacada, incluso si esta afecta derechos humanos.
Aunque en el fallo de la jueza federal María Gabriela Ruiz, considera que “se encontraron vicios de procedimiento que afectan la regularidad de todo el conjunto de actos y, por consiguiente, la del Decreto de reforma en su integridad. Sin que esto implique un pronunciamiento sobre constitucionalidad de normas generales”.