Estas son las sanciones que puedes recibir dependiendo de la cantidad de dinero en efectivo que ingreses o retires del banco, según Hacienda

La Agencia Tributaria vigila las operaciones en metálico para evitar prácticas relacionadas con la evasión de impuestos o el blanqueo de capitales

Guardar
Una persona saca dinero de
Una persona saca dinero de un cajero automático (Europa Press)

El uso de dinero en efectivo está cada vez más vigilado por las autoridades fiscales. La Agencia Tributaria y el Servicio Ejecutivo de Prevención de Blanqueo de Capitales (Sepblac) han reforzado en los últimos años los controles para garantizar la trazabilidad de las operaciones y evitar prácticas relacionadas con la evasión de impuestos o el blanqueo de capitales.

Aunque retirar o ingresar efectivo en una entidad bancaria es legal, existen límites y obligaciones de comunicación que afectan tanto a las entidades financieras como a los propios ciudadanos. No cumplir con estas normas puede derivar en sanciones económicas.

Ingresos y retiradas de más de 3.000 euros

Los bancos tienen la obligación de informar a la Agencia Tributaria de determinados movimientos de efectivo. Según el Real Decreto 1065/2007, deben declarar cuando un cliente ingresa o retira en efectivo más de 3.000 euros, o cuando cobra en metálico un cheque, pagaré u otro documento por encima de esa cantidad.

Este deber no implica que el cliente no pueda retirar o ingresar más dinero, pero sí que la entidad está obligada a trasladar la información a Hacienda. Además, las operaciones en las que intervengan billetes de 500 euros también deben comunicarse, en virtud del deber de colaboración previsto en la Ley General Tributaria.

Cuando se va a cobrar una herencia, se puede recibir de muchas maneras, incluso en efectivo. Sin embargo, para poder recibir el pago de una herencia en metálico hay que cumplir ciertos requisitos

Declaración S-1 para grandes movimientos de efectivo

Otra obligación aparece cuando se mueven grandes cantidades de dinero fuera del circuito bancario. La Ley 10/2010 establece que si se transportan por territorio nacional 100.000 euros o más en efectivo, debe presentarse el formulario S-1, que se tramita ante la Agencia Tributaria, incluso de manera telemática.

La misma obligación aplica cuando se entra o se sale de España con 10.000 euros o más en efectivo, aunque el destino o el origen sea un país de la Unión Europea. El objetivo es permitir a las autoridades seguir el rastro del dinero y acreditar tanto su procedencia como su destino.

En este caso, la declaración previa es obligatoria y la omisión se considera una infracción administrativa.

Sanciones por incumplir la normativa

Las sanciones no dependen de la mera retirada o ingreso en ventanilla, sino del incumplimiento de las obligaciones de declaración de movimientos de efectivo. La Ley 10/2010 fija un régimen sancionador específico:

  • La sanción mínima es de 600 euros.
  • En los casos más graves, la multa puede alcanzar hasta el 50% del valor del dinero no declarado.
  • Además, la norma prevé sanciones accesorias como la amonestación pública o privada.

Estas sanciones son distintas de las previstas en la Ley General Tributaria para casos de fraude fiscal, donde sí se establecen recargos del 50%, 100% o 150% en función de la gravedad de la infracción. En el caso del efectivo, el marco aplicable es el de la Ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Límites del pago en efectivo

El Banco de España recuerda que los clientes pueden utilizar efectivo sin límites a la hora de operar con su banco. Sin embargo, cuando se transportan grandes cantidades, las obligaciones de declaración dependen de la Ley 10/2010 y no del supervisor bancario.

Conviene no confundir este marco con otra norma diferente: la limitación de los pagos en efectivo. Actualmente, los pagos en los que intervienen empresarios o profesionales no pueden superar los 1.000 euros si una de las partes actúa en el ejercicio de su actividad. Ese límite se controla de forma separada y también puede dar lugar a sanciones si se incumple.