
La preocupación social que hay en nuestro país por la okupación ilegal de viviendas ha surgido a la vez que ha aumentado la crisis habitacional, marcada por el encarecimiento de los precios, y por una oferta insuficiente frente a la constante demanda. El acceso a la vivienda se ha transformado en uno de los grandes desafíos de la sociedad española, donde la frustración por la dificultad para comprar o alquilar inmuebles convive con el temor a la okupación de propiedades. Pero, pese a la alarma extendida y la atención mediática sobre este fenómeno, los datos oficiales apuntan a que solo el 0,06% del parque inmobiliario español se ve afectado por estas okupaciones.
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Frente a este escenario, que viene de tiempo atrás, el magistrado del Tribunal Supremo, Vicente Magro, se mostró claro y contundente sobre el papel de la Justicia ante la okupación. En una entrevista publicada por Confilegal, Magro afirmó que “en el supuesto normal de usurpación, que entren en casa vacía, o que constituya morada el juez puede acordar el desalojo si lo considera”, y subraya que la okupación no puede quedar impune ni normalizarse como una opción asumida socialmente.
“El Estado ha cargado sobre las espaldas de los propietarios el problema que es suyo”
El magistrado enfatizó en la importancia de avanzar hacia una legislación integral que defina con claridad el concepto de “flagrancia”: “El problema está en que ahora mismo hace falta una ley integral sobre el fenómeno de la ocupación que defina el concepto de flagrancia”. Magro destaca que la falta de regulación específica sobre este concepto complica la acción policial y genera inseguridad incluso entre los propios agentes: “La policía tiene miedo de los problemas, a la hora de desalojar a los okupas”. El magistrado sugiere que la ley debería fijar el periodo de flagrancia entre 12 y 24 horas, para dar seguridad jurídica a todos los intervinientes.
En la misma entrevista, Magro también incidió en la necesidad de situar la carga de la solución en las instituciones públicas, no en los propietarios: “En España existe un proteccionismo que está cargando sobre las espaldas de los propietarios el problema de la vivienda que tienen algunos ciudadanos”.
Añade que “el Estado ha cargado sobre las espaldas de los propietarios el problema que es suyo y al que le corresponde encontrar una solución”, y que el desequilibrio legislativo perjudica a quienes legítimamente poseen una vivienda mientras no aborda la raíz social y estructural de la emergencia habitacional.
“No hay que traspasar a los propietarios el problema de que las personas no pueden acceder a una vivienda”
Otro de los aspectos destacados fue la valoración del uso de dispositivos como alarmas de 24 horas para prevenir okupaciones. Magro consideró que esta medida resulta práctica y útil para identificar de inmediato una irrupción no autorizada, y permiten la activación rápida de una intervención policial o judicial. “Son una buena medida para prevenir las ocupaciones. Si yo me pongo una alarma, la empresa de seguridad llamará a la policía, que tendrá una prueba irrefutable de la flagrancia, de cuándo se produjo la entrada en la vivienda. Va sobre seguro,” afirmó.
Sobre la percepción social, Magro se refiere a la falta de respuesta urgente ante la ocupación en comparación con otros países europeos: “Me sorprende que España sea el único país de la Unión Europea que no tiene una respuesta urgente para responder al fenómeno de la ocupación durante las 72 horas primeras”. Para el magistrado, es clave copiar modelos de actuación de otros Estados cercanos, donde la expulsión se produce de forma rápida y eficaz, con independencia de la situación de vulnerabilidad de los ocupantes.
Respecto al procedimiento judicial, Magro explicó que los jueces pueden recurrir a medidas cautelares para restituir la posesión de la vivienda, incluso sin esperar al final del proceso. “Si ahora mismo entra una persona en una casa y lo ocupa, el juez tiene el poder de ordenar el desalojo. Y no solamente el juez. Si la policía comprueba que la entrada se ha producido 5, 6 o 7 siete horas antes, puede hacerlo hasta sin orden judicial”, destacó.
Finalmente, Magro advierte que “esta casa es de un señor o una señora que la ha pagado, que se la ha currado, o que la tiene incluso hipotecada. Tiene derecho a recuperar la casa. No traspase usted a los propietarios el problema de algunas personas que no tienen vivienda. Eso es lo que está pasando ahora mismo”.
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