
El ingreso mínimo vital (IMV) es una ayuda implementada el 15 de junio de 2020 por parte del Gobierno de España con el fin de garantizar una renta mínima a aquellas familias con dificultades económicas. A día de hoy, miles de hogares vulnerables se benefician de esta prestación económica gestionada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Los ciudadanos que ya hayan pedido esta ayuda pero que aún no conozcan la resolución de la administración pública en torno a su solicitud disponen de varios métodos para consultar el estado del trámite. La forma en la que deberán llevar a cabo este proceso dependerá de la vía por la que registraron su solicitud inicialmente.
Aquellos que solicitasen el ingreso mínimo vital sin certificado electrónico deberán buscar en la bandeja de entrada de su correo electrónico un mensaje recibido en el momento de presentar la solicitud. En este, podrá encontrarse un número de referencia compuesto de 8 caracteres. A través de este número, que funcionará como clave para las gestiones relacionadas con el IMV, podrá consultarse el estado de la solicitud, una información que se actualiza cada viernes, pero también descargar un justificante del trámite o adjuntar documentación adicional. Para ello, será necesario acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y, una vez en su portal web, buscar el apartado del IMV y el botón “Gestiona la solicitud presentada”.
Las personas que hayan realizado su solicitud con certificado digital o utilizando las credenciales de su usuario Cl@ve, sin embargo, no dispondrán de un número de referencia similar para acceder a estas consultas. Si que dispondrán de un número de Registro de Entrada de la solicitud, pero este no será suficiente para acceder al trámite por internet. Por lo tanto, la única forma que tiene de momento disponible estos solicitantes es llamar al teléfono gratuito de información de IMV (900 20 22 22) dentro de su horario de atención la cliente (de 9:00 a 14:30 horas de lunes a viernes no festivos. Los ciudadanos que presentasen su solicitud de forma presencial se encontrarán en la misma situación y tendrán que recurrir también a la vía telefónica si desean consultar el estado del trámite.
Cuánto tarda Seguridad Social en resolver la solicitud
El plazo máximo legal para resolver y notificar la solicitud del ingreso mínimo vital es de seis meses desde su presentación, aunque la mayoría de solicitudes se resuelven en un plazo inferior a este tope. En caso de que se cumpla medio año desde la presentación de la solicitud y no se haya recibido una resolución, la solicitud no se entiende desestimada por silencio administrativo por lo que no es necesario presentar alegaciones o recurrir.
En qué estado puede estar mi solicitud
Los estados que se pueden presentar a los ciudadanos son los siguientes, según detalla la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: en trámite, pendiente de recibir o revisar la documentación complementaria solicitad, solicitud finalizada por falta de documentación, archivada por constar otra solicitud presentada, aprobada, denegada, inadmitida a trámite por incumplimiento del requisito de rentas y/o patrimonio y, por último, inadmitida a trámite por ser administrador de una sociedad.