Dos propietarios son desahuciados por dos ‘fondos buitre’ y acaban en los tribunales: el Supremo les da la razón porque los fondos ocultaron que eran vulnerables

El Alto Tribunal reconoce que no eran okupas, que dejaron de pagar sus hipotecas tras pasar por una mala situación económica

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Activistas del movimiento por el
Activistas del movimiento por el derecho a la vivienda sostienen una pancarta en el desahucio de Mariano en Vallecas el pasado mes de enero. (Dani Gago)

El Tribunal Supremo se ha posicionado a favor de ‘David’ y ha afeado la actitud de ‘Goliat’ al dictar dos sentencias en las que pone coto a la estrategia de los fondos de inversión que instan desahucios en precario con los que eluden la vulnerabilidad de los antiguos dueños de viviendas, que no son okupas, sino que no han podido pagar las cuotas de sus hipotecas debido a su mala situación económica.

En dos sentencias dictadas con fechas del 24 y 25 de marzo, a las que ha tenido acceso EFE, la sala de lo civil desestima los recursos de Global Pantelaria y Buildingcenter contra sendos fallos de las Audiencias Provinciales de Zaragoza y Sevilla, respectivamente.

Las sentencias se basan en que el desahucio por precario es la acción que puede ejercitar el propietario de un bien inmueble cuando la persona que lo usa está en situación de precario y no quiere devolver su posesión, aunque no tenga ni haya tenido nunca títulos de propiedad sobre el inmueble, es decir, que sea un okupa. El Supremo recuerda que sólo se puede instar un desahucio en precario si el demandante y actual dueño de la finca es ajeno a la compra inicial y no tiene relación con la original operación de compraventa.

No obstante, en los casos juzgados, los fondos adquirieron a entidades financieras, con las que los dueños originales compraron las viviendas, los créditos hipotecarios firmados, a los que no pudieron hacer frente por causas sobrevenidas.

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En su demanda, los fondos omitieron datos relativos a la transacción inicial y sobre la situación de vulnerabilidad de los antiguos dueños, que no tenían ya títulos de propiedad sobre las viviendas, pero estaban inmersos en procesos de ejecución hipotecaria, por lo que no eran okupas. Con esta estrategia, entiende el Supremo, los fondos quieren eludir la ley de 2013 de protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.

Causas penales contra Alvise Pérez

Por otra parte, el Supremo ha abierto este viernes dos causas penales contra el eurodiputado Luis Pérez Fernández, Alvise Pérez, una por la presunta aceptación de 100.000 euros de un empresario y otra por difundir una prueba falsa de covid del presidente catalán Salvador Illa, según recoge EFE.

La Sala de lo Penal ha incoado diligencias previas contra Alvise, al apreciar indicios de presuntos delitos de financiación ilegal de partidos, estafa, apropiación indebida, blanqueo de capitales y falsedad documental en la exposición razonada por la Audiencia Nacional por haber recibido, presuntamente, 100.000 euros para su campaña electoral con el partido Se Acabó la Fiesta (SALF). Las diligencias también se abren contra el empresario Álvaro Romillo, al aparecer unidas y conexas sus posibles responsabilidades en esta investigación.

Romillo, investigado también en la Audiencia Nacional por una presunta estafa piramidal a través de la plataforma de inversiones Madeira Invest, fue quien denunció al eurodiputado, a quien dijo haber entregado el 27 de mayo de 2024, antes de las elecciones europeas, 100.000 euros para su formación. El tribunal admite, además, la personación del PSOE como acusación popular y al que se exigirá que preste una fianza de 15.000 euros.