Una jubilada ahorra más de 508.818 euros en impuestos de sucesiones a su hija gracias a una técnica fiscal poco conocida: su herencia será un piso de 120 m2

Louise, de 92 años, ha logrado reducir significativamente los impuestos a pagar por su familia, ahorrando hasta 508.818 euros en gastos de sucesión

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Cómo declarar a herencia en
Cómo declarar a herencia en la declaración de la Renta. (Montaje Infobae)

A sus 92 años, Louise se encuentra en un momento decisivo de su vida: preparar la transmisión de su patrimonio a la siguiente generación. La mayoría de personas que preparan su testamento, quieren que sus bienes sirvan para que sus familiares (hijos, nietos), puedan disfrutarlos sin que esto suponga cargar a tus herederos con gastos muy elevados por el impuesto de sucesiones vigente en cada país.

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Louise no es una excepción: después de más de diez años de viudez, esta abuela parisina se enfrenta a una decisión crucial, especialmente en lo que respecta a su apartamento de 120 metros cuadrados, valorado en 1,4 millones de euros. Un activo que, en circunstancias normales, podría acarrear un abultado impuesto de sucesión. Sin embargo, gracias a un testamento bien elaborado y a un mecanismo fiscal poco utilizado, la protagonista de esta historia ha logrado reducir significativamente los impuestos a pagar por su familia y ahorrarles nada menos que 508.818 euros en gastos de sucesión.

Cómo funciona el impuesto de sucesiones en Francia

Aunque su hija Marie, de 63 años, es la heredera natural de su patrimonio, Louise tenía serias preocupaciones sobre las consecuencias fiscales de la transmisión de su propiedad. El régimen fiscal francés, en materia de sucesiones, establece una carga impositiva considerable para bienes de gran valor. En el caso de Louise, aunque se aplicaba una deducción de 100.000 euros en el marco de la sucesión entre padres e hijos, el valor imponible seguía siendo elevado: 1,3 millones de euros. Según su notario, Antoine de Ravel d’Esclapon, “En el marco de una sucesión, el tipo impositivo marginal para una propiedad de tal valor es del 40%”. Esta cifra, de ser aplicada sin ningún tipo de optimización, habría generado una factura fiscal difícil de asumir para su hija y nietos.

Ante esta situación, Louise no solo debía preocuparse por la carga fiscal inmediata, sino también por el futuro. “De muchos propietarios mayores dudan en transmitir su patrimonio en vida, por miedo a perder el control sobre sus bienes”, explica el notario. Y en efecto, Louise, como muchos otros, no deseaba desprenderse de su propiedad mientras aún estaba viva. No obstante, su deseo de preservar su legado sin que sus herederos tuviesen que enfrentar una carga fiscal desmesurada la llevó a considerar alternativas.

La solución del testamento y la “legataria universal”

La propuesta de Antoine de Ravel d’Esclapon fue, en principio, una opción que Louise no había considerado: hacer de su hija Marie su legataria universal. A primera vista, esta decisión podría parecer innecesaria, ya que, al ser hija única, Marie sería la heredera natural de todo el patrimonio de su madre. Sin embargo, el notario explicó que esta estrategia permitía llevar a cabo una optimización fiscal significativa. Como él mismo señala, “Esta elección precisa permite una optimización fiscal no negligible”.

En el sistema legal francés, la figura de “legatario universal” no se limita a aceptar la herencia de manera sencilla. A diferencia de un heredero tradicional, que solo tiene la opción de aceptar o renunciar completamente a la sucesión, el legatario universal tiene la posibilidad de cantonner, un mecanismo que le permite dividir la herencia y limitar la imposición a una fracción del patrimonio. “Esto permite que el legatario reciba solo una parte de la sucesión. Luego, serán los herederos siguientes quienes reciban el resto de la sucesión. En este caso, los hijos de Marie, Jade y Antoine, de 30 y 32 años, respectivamente”, explica el notario.

La estrategia fiscal: un ahorro significativo en impuestos

Lo que parecía una opción sencilla, en realidad se traduce en una serie de beneficios fiscales complejos pero efectivos. “Esta estrategia permite reducir considerablemente la base imponible, que será gravada al tipo marginal del 20% para Marie y cada uno de sus dos hijos”, continúa Antoine de Ravel d’Esclapon. Esto implica que Marie pagará menos impuestos sobre su parte de la herencia y, lo que es más relevante, que sus hijos, Jade y Antoine, también se beneficiarán de un tipo impositivo mucho más bajo.

La clave del éxito de esta estrategia es que la transmisión de la propiedad no se hace en su totalidad en una sola operación. En lugar de transmitir la propiedad completa, se opta por limitar la transferencia al usufructo, lo que reduce la base imponible. De acuerdo con el notario, “Si su madre falleciera hoy, Marie vería su usufructo sobre el apartamento evaluado en un 40% de su valor total, es decir, 560.000 euros”. De esta manera, Marie se vería gravada solo por esta cantidad, con un impuesto de 90.194 euros. El resto de la propiedad, el 60%, sería transmitido a sus hijos, quienes solo pagarían 81.833 euros de impuestos cada uno.

El impacto de la estrategia: ahorro de medio millón de euros

Al final, gracias a esta planificación detallada, el impacto fiscal para la familia de Louise será mucho menor. En lugar de los 762.678 euros que habrían sido necesarios si la transmisión se hubiera hecho de forma tradicional, la familia solo tendrá que pagar 253.861 euros en impuestos. Esto representa un ahorro de 508.818 euros, una cantidad considerable que Louise ha logrado preservar para sus seres queridos.

“Es una manera inteligente de preservar un patrimonio familiar, limitando la evaporación fiscal, especialmente si el bien, o lo que se convierta, se revaloriza”, subraya Antoine de Ravel d’Esclapon. Además, la estrategia tiene un beneficio adicional a largo plazo: al ser los hijos de Marie ya nudo-propietarios del apartamento, se evitará una segunda imposición cuando Marie fallezca. “Dado que sus hijos ya son nudo-propietarios, se convertirán automáticamente en propietarios plenos sin tener que pagar derechos de sucesión en el fallecimiento de su madre”, concluye el notario.

Sin duda, este caso ejemplifica cómo un enfoque inteligente y bien estructurado puede ahorrar a una familia cientos de miles de euros en impuestos, permitiendo que el patrimonio familiar se conserve intacto para las futuras generaciones. Y todo ello gracias a una técnica poco conocida, pero de gran valor en la planificación patrimonial.

En España, la transmisión de bienes a través de sucesiones y donaciones está regulada por el Código Civil y la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Aunque no existe un mecanismo exactamente igual al francés que permita aplicar la estrategia de “cantonner”, sí existen diferentes herramientas legales que pueden emplearse para optimizar la carga fiscal en las sucesiones, aunque con diferencias importantes.

1. <b>El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones</b>

En España, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava la transmisión de bienes y derechos por causa de muerte (sucesiones) o en vida (donaciones). El tipo impositivo varía considerablemente según la comunidad autónoma, dado que el impuesto está cedido parcialmente a las autonomías, que pueden aplicar bonificaciones y reducciones.

El tipo impositivo puede ser elevado, especialmente en las transmisiones entre familiares no directos o cuando se trata de bienes de gran valor, como un inmueble en zonas con precios elevados. Por ejemplo, en algunas comunidades como Madrid, las reducciones pueden ser muy favorables, mientras que en otras como Andalucía o Cataluña, la carga fiscal puede ser considerablemente más alta.

En cuanto a la base imponible, se determina sumando el valor de los bienes que se transmiten, tras aplicar las reducciones específicas para cada tipo de bien o de parentesco. Es en este punto donde una planificación adecuada puede ser útil, aunque no existe la posibilidad exacta de “cantonner” como en el sistema francés.

2. <b>La figura de la “nuda propiedad” y el usufructo</b>

Aunque no existe el mecanismo de “cantonner”, sí se puede aplicar una estrategia de optimización fiscal similar a la mencionada en el caso francés utilizando la figura de la nuda propiedad y el usufructo. El usufructo permite a una persona (el usufructuario) disfrutar de los bienes durante su vida, mientras que la nuda propiedad es la propiedad en sí, pero sin derecho a usar el bien hasta el fallecimiento del usufructuario.

Artículo 467 del Código Civil establece que el usufructo puede ser concedido a una persona mientras otra mantiene la nuda propiedad. De esta manera, cuando se transmite la nuda propiedad de un bien a un heredero, el valor fiscal de la herencia es menor, ya que el usufructo se valora por separado y se reduce el valor total del bien a efectos de tributación. Esto puede aplicarse tanto en vida (mediante donación) como en el momento de la sucesión.

3. <b>La transmisión de la nuda propiedad a los hijos y la optimización fiscal</b>

En el contexto español, la estrategia de transmitir la nuda propiedad de un inmueble a los hijos mientras se conserva el usufructo es una táctica válida para reducir la base imponible de la herencia, ya que el valor de la nuda propiedad es inferior al del bien completo. Además, al estar la transmisión dividida en dos partes (usufructo y nuda propiedad), la tributación se realiza solo sobre el valor de la nuda propiedad, lo que reduce el impuesto a pagar.

Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) establece que, cuando se produce una transmisión de la nuda propiedad, el valor a efectos fiscales no es el valor total del bien, sino el porcentaje correspondiente según la expectativa de vida del usufructuario. Este tipo de planificación patrimonial es legal y utilizado con fines de optimización fiscal, aunque debe llevarse a cabo con asesoramiento legal especializado.

4. <b>La figura del “legatario” y las reducciones por grado de parentesco</b>

En cuanto a la figura de “legatario universal” mencionada en el caso francés, en España no se utiliza de la misma forma, pero el testador puede designar a una persona como legatario de forma específica, a través de su testamento. En el Código Civil español, en su artículo 662, se establece que los legados son aquellos bienes específicos que el testador dispone a favor de una persona, y este legado puede implicar también una optimización fiscal si se estructuran correctamente las transmisiones de los bienes.

Además, la ley española ofrece importantes reducciones fiscales según el grado de parentesco entre el testador y el heredero, lo que puede resultar en una reducción significativa de la base imponible, especialmente si la transmisión se realiza entre padres e hijos. Artículo 20 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones establece una reducción para los descendientes directos de hasta 15.956,87 euros, aunque esta cantidad varía dependiendo de la comunidad autónoma.

En comunidades como Madrid, existen bonificaciones del 99% para sucesiones entre padres e hijos, lo que puede reducir significativamente la carga fiscal. Sin embargo, este tipo de reducciones varía considerablemente en función del lugar de residencia, por lo que es importante consultar las normativas locales.

Conclusión

Aunque en España no existe un mecanismo como el “cantonner” francés, sí es posible aplicar estrategias de planificación patrimonial que permitan optimizar la tributación en sucesiones, como la transmisión de la nuda propiedad y el usufructo, así como aprovechar las reducciones y bonificaciones fiscales. Las opciones de planificación disponibles en España dependen de la legislación autonómica y del tipo de bienes que se transmitan, pero la asesoría legal especializada es clave para estructurar correctamente la transmisión y minimizar la carga fiscal.

Fuentes:

  • Código Civil Español, artículos 467 y 662.
  • Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  • Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de las Comunidades Autónomas, con especial mención a las bonificaciones en Madrid.