Impuesto obligatorio de basuras: lo paga el propietario o el inquilino

Muchos contratos de alquiler establecen que es el arrendatario el que debe hacerse cargo de la tasa por la recogida de residuos, aunque esta obligación corresponde legalmente al casero

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Camión de basura. (AYUNTAMIENTO DE
Camión de basura. (AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES)

Renta, agua, luz, gas... Vivir de alquiler implica una variedad de gastos a los que hay que hacer frente cada mes y a veces a los inquilinos no están al tanto cuáles son realmente sus obligaciones y derechos. Lo mismo ocurre con los propietarios, que pueden no saber qué facturas pueden repercutir a los arrendatarios y cuáles deben afrontar ellos como caseros.

Uno de estos pagos mensuales es el impuesto de basuras, un tributo local gestionado por los ayuntamientos de cada municipio. La recaudación lograda con esta figura está destinada a costear los servicio de recogida, tratamiento y eliminación de residuos urbanos. La también llamada tasa por la recogida de residuos sólidos urbanos no tiene una cuantía fija y el importe a pagar mensualmente varía en función del municipio y su ubicación dentro del mismo, el tamaño de la vivienda y si se utiliza con fines comerciales o residenciales.

Quién paga el impuesto

La ley establece que es el propietario el que debe hacerse cargo del pago de este tributo, que recae sobre la propiedad de la vivienda. Por lo tanto, el impuesto de basuras está vinculado a la titularidad del inmueble, no al contrato de alquiler.

Aunque es el propietario quien debe pagar el impuesto a su ayuntamiento, se contempla la posibilidad de que el abono de esta cantidad sea transferido al inquilino si así se acuerda. Es decir, al ser el arrendatario el que hace uso de la vivienda y genera los residuos, es posible establecer en el contrato que el inquilino pagará una cantidad mensual junto a la renta equivalente a la que debe pagar el propietario por la tasa de basuras. Este tipo de acuerdo es habitual en arrendamientos de larga duración.

¿Y si no se especifica en el contrato?

En caso de que ya se haya firmado un contrato de alquiler y este no estipule quién está en la obligación de hacerse cargo del impuesto de basuras, esté recaerá siempre en el propietario. Cualquier intento del casero de hacer a su inquilino abonar este importe fuera del contrato se encontrará fuera de la legalidad.

Operarios en un camión de
Operarios en un camión de recogida de residuos ante un contenedor amarillo. (EFE / Javier López)

Para trasladar la obligación de pago del arrendador al arrendatario, será necesarios alcanzar un acuerdo para la suma de un anexo al contrato que detalle explícitamente esta nueva obligación. Una vez firmado este anexo, se habrán modificado las condiciones iniciales y el pago del impuesto por la recogida de residuos recaerá sobre el inquilina, que es el que se beneficia de los servicios locales de gestión y limpieza de basura.

Cuánto se paga de tasa

Para calcular el importe total de la tasa de basuras, hay que hacer uso de una fórmula que tiene en cuenta diferentes factores referentes a la vivienda y a su generación de residuos. Para empezar, se establece una tarifa básica, que servirá para cubrir los costes fijos y estará determinada por el valor catastral. Esta supone cerca del 81% de la cuota total y representa la simple posibilidad de beneficiarse del servicio de gestión de residuos. Esta será la cantidad que será necesario pagar incluso si la vivienda está vacía o en desuso. Después, hay que sumarle a este importe la parte variable, que se calcula teniendo en cuenta la basura que se estima que genera cada vivienda o local comercial.