Primor despide a una trabajadora tras acusarla de ser cómplice de robos: la Justicia lo declara improcedente y la empresa deberá indemnizarla o readmitirla

En la carta de despido, se alegaba que la encargada había estado manipulando productos, entrando al almacén con un niño y entregando bolsas a personas fuera de la tienda

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Una trabajadora de Primor es
Una trabajadora de Primor es despedida por presunta implicación en robos. (Europa Press/Adobe Stock)

En un fallo reciente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado improcedente el despido disciplinario de Joaquina, una trabajadora de Primor, que fue despedida por estar supuestamente implicada en robos y perfumes en su puesto de trabajo. Como los magistrados no consideraron que las pruebas aportadas por la empresa fueran concluyentes, ahora esta deberá decidir entre readmitirla o indemnizarla con una cuantiosa suma.

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Los hechos que llevaron al despido de la trabajadora

La empleada, quien formaba parte de la empresa Primor desde 2014 como encargada, fue despedida el 9 de junio de 2022 tras ser acusada de estar involucrada en una serie de robos en la tienda del Centro Comercial donde trabajaba. Según la firma, la acusación se basaba en una carta de una compañera de trabajo que informaba sobre la supuesta presencia de varios robos por parte de encargadas, incluida Joaquina. La empresa tomó su decisión tras ver las grabaciones de las cámaras de seguridad en las que, a su parecer, actuaba de manera sospechosa durante la jornada laboral.

En la carta de despido, se alegaba que la encargada había estado manipulando productos, entrando al almacén con un niño y entregando bolsas a personas fuera de la tienda. Además, se mencionaba que la trabajadora había cogido dinero de la caja registradora para, después, entregárselo a un hombre, lo que, para sus superiores, constituía una falta muy grave que justificaba el despido inmediato.

El tribunal lo declara improcedente

A pesar de las acusaciones formuladas por la empresa, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaró que el cese era improcedente. La carta de despido no cumplía con los requisitos formales exigidos por el Estatuto de los Trabajadores y, además, la compañía tampoco aportó pruebas suficientes para justificar las acusaciones de robo y complicidad en el delito.

En este tipo de destituciones disciplinarias, la empresa tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan la decisión, algo que no ocurrió en este caso. La jueza de instancia concluyó que la evidencia presentada no era suficiente para demostrar que la trabajadora hubiera cometido las faltas que le atribuían, por lo que el despido no estaba justificado.

El Supremo pone límite a los despidos disciplinarios: no pueden realizarse sin que el trabajador tenga la posibilidad de defenderse.

Primor deberá optar entre la readmisión o la indemnización

El Tribunal Superior de Justicia condenó a Primor a readmitir a Joaquina en su puesto de trabajo, en las mismas condiciones que tenía antes del despido, o bien a indemnizarla con una suma de 13.859,42 euros. Además, deberá pagar los salarios que la encargada dejó de desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia, así como una indemnización por los conceptos salariales adeudados.

En el caso de que optaran por la readmisión, tendrían que abonar los salarios correspondientes a los que la demandante no ha trabajado, sin perjuicio de los descuentos que puedan aplicarse por el sueldo que haya podido percibir en otro empleo o por las prestaciones de desempleo que haya recibido.

Sin embargo, la firma, al no estar conforme con la decisión, presentó un recurso de suplicación, solicitando la nulidad de las actuaciones y la admisión de nuevos documentos relacionados con una denuncia penal que se había interpuesto contra Joaquina. No obstante, el Tribunal lo rechazó alegando que la evidencia adicional no era relevante para resolver el recurso, ya que la relación entre los ilícitos penales y los laborales es independiente y no se pueden mezclar en este tipo de procesos.