
De acuerdo con la Agencia Tributaria, los contribuyentes que perciban menos de 35.200 euros brutos anuales evitarán ingresar en el cuarto tramo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), donde el tipo impositivo total asciende al 37% frente al 30% del tramo anterior.
Este dato cobra relevancia en el contexto de la próxima Campaña de la Renta 2024-2025, que comenzará ya mismo, el próximo 2 de abril de 2025 y se extenderá hasta el 30 de junio del mismo año. Durante este periodo, los ciudadanos deberán rendir cuentas sobre sus ingresos correspondientes al ejercicio fiscal de 2024.
En ese sentido, el IRPF es un impuesto progresivo, lo que significa que a medida que aumentan los ingresos, también lo hace el porcentaje que se debe pagar.
Precisamente por esto, los tramos de ingresos son determinantes para calcular la carga fiscal de cada contribuyente. El tercer tramo, que abarca ingresos de entre 20.200 y 35.200 euros brutos anuales, aplica un tipo total del 30% (15% estatal y 15% autonómico). Sin embargo, superar este umbral implica pasar al cuarto tramo, donde el tipo total se eleva al 37% (18,5% estatal y 18,5% autonómico).
Fechas clave y requisitos para la declaración de la renta
La Campaña de la Renta 2024-2025 arrancará oficialmente el 2 de abril de 2025, permitiendo a los contribuyentes presentar su declaración hasta el 30 de junio del mismo año.
Este periodo es crucial para que los ciudadanos regularicen su situación fiscal y eviten posibles sanciones. Y precisamente por esto, la Agencia Tributaria recomienda preparar con antelación los documentos necesarios para evitar contratiempos. Así como informarse debidamente.
En cuanto a los requisitos para hacer la declaración de la renta, están obligados a presentarla todos aquellos contribuyentes que hayan percibido más de 22.000 euros brutos anuales de un único pagador. En el caso de tener dos o más pagadores, el límite se reduce a 15.876 euros brutos anuales. Estas cifras son fundamentales para determinar quiénes deben cumplir con este trámite fiscal.

El funcionamiento del IRPF y los resultados de la declaración
El objetivo principal de la declaración de la renta es ajustar las retenciones practicadas en las nóminas en concepto de IRPF con la cantidad que realmente corresponde pagar.
Si las retenciones realizadas coinciden exactamente con lo que el contribuyente debe abonar, el resultado será neutro, es decir, no habrá ni pagos adicionales ni devoluciones.
En los casos en que las retenciones hayan sido inferiores a lo que corresponde pagar, la declaración resultará a pagar, obligando al contribuyente a saldar la diferencia.
Por el contrario, si las retenciones superan la cantidad real del impuesto, el resultado será a devolver, y Hacienda reembolsará el excedente.
Y para tener claro cómo se hace este cálculo, es necesario saber que existen tramos que determinan el porcentaje que se aplica a los ingresos brutos anuales, combinando un tipo estatal y un tipo autonómico. Los tramos son los siguientes:
- Desde 0 hasta 12.450 euros brutos anuales: 19% (9,5% estatal y 9,5% autonómico).
- Desde 12.450 hasta 20.200 euros brutos anuales: 24% (12% estatal y 12% autonómico).
- Desde 20.200 hasta 35.200 euros brutos anuales: 30% (15% estatal y 15% autonómico).
- Desde 35.200 hasta 60.000 euros brutos anuales: 37% (18,5% estatal y 18,5% autonómico).
- Desde 60.000 hasta 300.000 euros brutos anuales: 45% (22,5% estatal y 22,5% autonómico).
- Más de 300.000 euros brutos anuales: 47% (24,5% estatal y 22,5% autonómico).
Estos porcentajes reflejan, efectivamente la progresividad del impuesto, donde los ingresos más altos están sujetos a mayores tasas impositivas, y por tanto tendrán que, o bien retener más durante los ingresos mensuales de todo el año, o hacerlo a través de la Declaración de la Renta.