
Un caso de presunto cobro indebido por parte de CaixaBank ha salido a la luz gracias a la denuncia pública realizada por el abogado Miguel Orellana Gómez. Según ha expuesto el experto en su cuenta de TikTok la entidad bancaria habría cobrado una comisión de 42,35 euros a un cliente por la emisión de un certificado de cancelación de deuda hipotecaria, un procedimiento que, de acuerdo con el Banco de España, debería ser gratuito. Este hecho ha generado controversia, ya que, según las normativas del organismo regulador, las entidades financieras no están autorizadas a cobrar por este tipo de documentos.
En el video, Orellana detalla que el cliente afectado solicitó a CaixaBank un certificado que acreditara el saldo pendiente de su hipoteca con el objetivo de proceder a su cancelación. Sin embargo, al recibir el documento, el banco le aplicó un cargo, lo que, según el abogado, contraviene las directrices de la entidad regulatoria española. “Os voy a enseñar cómo en este caso CaixaBank le quita el dinero a un cliente por la cara por una cuestión que no puede hacerlo porque lo dice el Banco de España, no porque lo diga yo", comienza explicando. “Tenemos un cliente que tiene una hipoteca con CaixaBank y la quiere cancelar y le pide al banco lo que sería un certificado que acredite realmente lo que se debe. ¿Y sabéis lo que hace el banco? ¡Pum! Le cobra 42,35 euros. Pero es que miramos lo que dice el Banco de España y ¿Qué es lo que dice? Que por esa cuestión no se puede cobrar“, añade.
El respaldo del Banco de España: las comisiones no están permitidas
El Banco de España ha sido claro en su postura respecto a este tipo de situaciones: según las normativas del organismo, las entidades bancarias no tienen derecho a cobrar a sus clientes por la emisión de certificados de deuda relacionados con hipotecas. Este tipo de documentos, que son necesarios para que los clientes puedan gestionar la cancelación de sus préstamos hipotecarios, deben ser proporcionados sin coste alguno.
De acuerdo con el artículo 82 de la Ley Hipotecaria, los clientes tienen la posibilidad de gestionar por sí mismos los trámites necesarios para la cancelación registral de una hipoteca, siempre que dispongan del certificado que acredite el pago total de la deuda. En este contexto, el regulador ha señalado que las entidades financieras solo pueden cobrar comisiones si el cliente solicita expresamente que dichas entidades se encarguen de las gestiones y si, además, se le informa previamente de los costes asociados.
En su denuncia, el abogado Miguel Orellana Gómez subrayó que esta práctica no solo es irregular, sino que también afecta a un gran número de personas que desconocen sus derechos. Según explicó en su video, muchos clientes aceptan estos cobros sin cuestionarlos ni presentar reclamaciones, lo que permite que estas prácticas persistan. “El que realmente no lo sepa, ya se lo ha comido con papas”, afirmó Orellana, quien además instó a los afectados a informarse y actuar en consecuencia.
“¿Cuánta gente hay así?La granujería no tiene límites y a la vista está de que diga lo que diga el Banco España, el banco te cobra la comisión y si cuela, cuela. Y si no, pues ya te la devolverá“, finalizaba.