Estos son los trabajadores que podrán cobrar casi 1.000 € de Hacienda en la declaración de la Renta

Las últimas modificaciones en el reglamento del IRPF beneficiaran a alguno contribuyentes, que recibirán hasta 900 euros extra al liquidar su Renta

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La próxima campaña de la Renta se acerca y son varias las novedades de las que deberán estar al tanto los contribuyentes para ahorrar lo máximo posible este año. Desde la confusión por la nueva tributación del salario mínimo hasta los ajustes en los métodos de pago, conviene conocer que cambios se darán en 2025 para no recibir sorpresas cuando llegue la hora de presentar la declaración. Para algunos trabajadores, una reciente modificación en el reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) puede implicar una devolución de casi 1.000 euros, pero para ello deberán cumplir una serie de condiciones.

Tras el arranque de la campaña de la Renta 2024/2025 el próximo 2 de abril, Hacienda devolverá a miles de españoles una alta suma de dinero como consecuencia de los cambios fiscales acometidos en los últimos años. En concreto, gracias a un desajuste provocado por las reducciones a las retenciones de los salarios durante este año que no se hayan visto correctamente reflejadas en las nóminas, que el ministerio deberá compensar con los contribuyentes cuando presenten su declaración.

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Los trabajadores más afortunados verán que Hacienda les devuelve hasta 900 euros por este reajuste, aunque para que se de ese caso será necesario cumplir una serie de requisitos. Entre los factores que afectarán al importe de esta devolución se encuentran, además de los ingresos percibidos durante el pasado ejercicio y las retenciones aplicadas, la situación personal y familiar del contribuyente.

Quiénes cobrarán 900 euros y cuándo lo sabrán

Para saber si Hacienda devolverá dinero en la Renta, primero es necesario aclarar si se debe presentar declaración o no. Si el sueldo del año anterior ha sido inferior a 22.000 euros, o 15.000 si las rentas de trabajo provenían de más de un pagador, no será necesario presentarla. Las personas que hayan percibido rentas anuales de entre 22.000 y 35.200 euros son las que deberán prestar atención una vez empiece la campaña de este año. Los cambios en las retenciones aplicadas a sus salarios pueden haber causado un desajuste con Hacienda por el que la Agencia Tributaria determine que se les debe devolver un importe de entre 400 y 900 euros.

La clave que decide cuál es la cantidad exacta que Hacienda deberá reembolsar es la situación personal y familiar del contribuyente, ya que las deducciones aplicables por tener personas dependientes del trabajador, discapacidad, vivienda u otras afectarán a las retenciones en el IRPF. Para descubrir si se es uno de los afortunados que recibirán de vuelta parte de lo retenido y cuál será la cantidad exacta de esta restitución, los contribuyentes deberán esperar al inicio de la campaña para acceder al borrador de la declaración en la web de la Agencia Tributaria.

Varias personas son atendidas en
Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta. (Carlos Luján / Europa Press)

Las fechas de la campaña de la Renta

Cualquier persona que pretenda presentar su declaración este año debe tener claro cuáles son los plazos más importantes de la campaña para preparar la liquidación de la renta. Estas son las fechas claves de 2025:

  • El plazo para presentar la declaración a través de la página web o la aplicación de la Agencia Tributaria comienza el día 2 de abril.
  • Los contribuyentes que prefieran el canal telefónico a internet podrán realizar su declaración a partir del 6 de mayo. Las fechas para solicitar cita previa irán desde el 29 de abril y hasta el 27 de junio.
  • A partir de 2 de junio, podrán acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria aquellos que prefieran realizar la declaración de forma presencial en lugar de online o por vía telefónica, habiendo solicitado cita previa entre el 29 de mayo y hasta el 27 de junio.
  • La fecha límite para la presentación de las declaraciones será el 30 de junio, excepto para quienes opten por la domiciliación bancaria, que tendrán como plazo hasta el 25 de junio.