
En España, para acceder a una pensión de jubilación contributiva, es necesario cumplir con ciertos requisitos de cotización establecidos en la Ley General de la Seguridad Social. Uno de los fundamentales es haber cotizado al menos 15 años a lo largo de la vida laboral, de los cuales al menos dos años deben estar comprendidos dentro de los 15 anteriores al momento de la jubilación.
Sin embargo, muchas personas que han trabajado durante gran parte de su vida pueden encontrarse con la imposibilidad de cumplir con esta última condición debido a circunstancias fuera de su control. Factores como el desempleo prolongado, problemas de salud, periodos de invalidez o incluso haber estado privados de libertad pueden impedirles cotizar en los últimos años previos a su retiro.
Frente a esto, la jurisprudencia ha desarrollado la doctrina del paréntesis, una solución que permite a ciertos trabajadores excluir del cómputo los periodos en los que no pudieron cotizar por causas ajenas a su voluntad.
La doctrina del paréntesis es una regla jurídica creada por los tribunales que permite modificar la forma en la que se contabilizan los periodos de cotización de un trabajador al momento de su jubilación. En términos simples, este mecanismo permite “poner entre paréntesis” los años sin cotizar, de manera que ese requisito (haber cotizado al menos dos años dentro de los últimos 15 previos a la jubilación) se evalúe de otra manera.
Bajo esta doctrina, en lugar de tomar los 15 años inmediatamente anteriores al retiro, se retrocede hasta el último momento en que el trabajador cotizó y se cuenta hacia atrás desde esa fecha. De este modo, los periodos en los que el trabajador estuvo sin empleo, enfermo o imposibilitado para cotizar no afectan su derecho a recibir una pensión contributiva.
No obstante, la aplicación de esta doctrina no es automática. Para que sea reconocida, es necesario que un tribunal lo valide y determine que la interrupción en la cotización fue involuntaria y ajena a la voluntad del trabajador.
Casos en los que se aplica la doctrina del paréntesis
La doctrina del paréntesis se aplica únicamente a ciertos trabajadores que pueden demostrar que su falta de cotización no fue intencional. Entre los casos más comunes en los que los tribunales han reconocido su aplicación, se encuentran:
- Desempleo prolongado: Trabajadores que han estado sin empleo durante muchos años, pero que han permanecido inscritos como demandantes de empleo, aunque no recibieran prestaciones.
- Problemas de salud graves: Personas que, debido a enfermedades crónicas o discapacidades, no pudieron mantener su alta en la Seguridad Social.
- Invalidez temporal o pensiones no contributivas: Aquellos que han percibido una pensión no contributiva de invalidez y que, por esa razón, no pudieron cotizar.
- Privación de libertad: Trabajadores que estuvieron en prisión y que, debido a su situación, no pudieron cotizar durante su condena.
En todos estos casos, el trabajador debe aportar pruebas contundentes de que la interrupción en su cotización no fue voluntaria y que hizo todo lo posible por mantenerse en el sistema de Seguridad Social.
Procedimiento para acogerse a la doctrina del paréntesis
Dado que la Seguridad Social aplica estrictamente los requisitos de cotización, cualquier solicitud basada en la doctrina del paréntesis suele ser denegada en primera instancia. Para que un trabajador pueda beneficiarse de este mecanismo, es necesario acudir a la vía judicial para que un juez determine si se puede aplicar la doctrina del paréntesis en su caso. El trabajador deberá demostrar que su ausencia de cotización fue involuntaria, lo que puede incluir documentos como la inscripción ininterrumpida como demandante de empleo o informes médicos que acrediten problemas de salud graves.
Este proceso puede ser largo y complejo, por lo que es recomendable contar con asesoramiento legal especializado para aumentar las probabilidades de éxito.