Cómo obtener el borrador de la Renta 2024 por Internet

Presentar la declaración fuera de plazo puede conllevar una multa de hasta 150 euros o un recargo del 5% sobre el importe pendiente de pago

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Varias personas son atendidas en
Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta. (Carlos Luján / Europa Press)

A medida que pasan los días, se acerca el momento de rendir cuentas ante Hacienda y presentar la declaración de la renta o del IRPF, un trámite anual que permite a los contribuyentes regularizar su situación con la Agencia Tributaria. Sin embargo, no todas las personas están obligadas a hacerlo, ya que depende de los ingresos obtenidos a lo largo del año.

Los españoles podrán presentar el documento correspondiente al ejercicio fiscal de 2024 a partir del miércoles 2 de abril, un plazo que se extenderá hasta el 30 de junio. Será posible solicitar, tramitar y presentar el borrador de la Declaración de la renta 2024 a través de la página web oficial de la Agencia Tributaria o de la aplicación móvil.

Qué es el borrador de la declaración de la renta

El borrador de la declaración de la renta es una propuesta elaborada por la Agencia Tributaria con la información personal, familiar y económica del contribuyente disponible hasta una determinada fecha. Todos los contribuyentes pueden acceder a uno.

Sin embargo, es importante precisar que no es el documento definitivo, ya que, tal y como su nombre indica, es sólo un borrador que debe revisarse y actualizarse en caso de que contenga errores. Por ello, se recomienda comprobar que incluye todas las deducciones aplicables a los rendimientos del trabajo, como cuotas sindicales, colegios profesionales o ciertos gastos relacionados.

Cuánto tarda Hacienda en devolver la declaración de la Renta.

Cómo solicitar el borrador de la declaración de la renta

Las gestiones relacionadas con la Declaración de la Renta tienen plazos establecidos según el medio por el que se realicen. Las sanciones por presentar fuera de plazo, tal y como se indica desde la página de Tax Down, pueden ascender hasta los 150 euros de multa o un recargo del 5% sobre la cantidad pendiente de abonar.

A partir del miércoles 2 de abril, los contribuyentes podrán consultar, obtener y modificar su borrador a través de la web o la aplicación oficial de la Agencia Tributaria. Se puede acceder y tramitar la declaración a través de estas formas:

  • Con Cl@ve móvil.
  • Certificado o DNI electrónico.
  • Número de referencia.

Acceder con Cl@ve móvil

Para acceder a los servicios de Renta con Cl@ve Móvil, sigue estos pasos:

  1. Autenticación con QR
  • Pulsa “Cl@ve Móvil (incluye Cl@ve PIN)”.
  • Aparecerá una ventana con un código de verificación, el tiempo de caducidad de la solicitud y un código QR con instrucciones.
  • En la APP Cl@ve, selecciona “Escanear código QR” y apunta con la cámara al QR que aparece en la pantalla del navegador.
  • Confirma que el código de verificación y el organismo coinciden con los de la petición y pulsa “Confirmar”.
  • En la APP verás el mensaje “Autenticación realizada”, y en la web accederás a los servicios de Renta.
  1. Autenticación sin QR
  • Si no puedes escanear el QR o prefieres otro método, pulsa “Continuar con la autenticación por Cl@ve móvil sin lectura del QR”.
  • Introduce tu DNI o NIE y el dato de contraste correspondiente:
    • DNI: fecha de validez.
    • DNI permanente: fecha de expedición.
    • NIE: número de soporte.
  • Pulsa “Continuar”.
  • Se mostrará la solicitud de autenticación con los datos de tu documento, un contador de tiempo y un código de verificación.
  • Abre la APP Cl@ve, verifica los datos y pulsa “Confirmar”. Por seguridad, se te pedirá una segunda confirmación, pulsa “Aceptar”.
  • Vuelve a la web para acceder a los servicios de Renta.
  1. Acceso con PIN por SMS
  • Si no tienes activada la APP Cl@ve o prefieres recibir un PIN por SMS, espera 60 segundos hasta que se habilite el botón “ACCEDER CON UN PIN POR SMS”.
  • El PIN aparecerá en la APP Cl@ve (si la tienes instalada) o en un SMS en tu móvil.
  • Copia el PIN y escríbelo en la casilla correspondiente en la web, luego pulsa “Acceder”.
  1. Acceso a los servicios de Renta
  • Una vez identificado con Cl@ve, elige si actúas en nombre propio o como representante.
  • Para gestionar tu declaración, selecciona “Borrador/Declaración (Renta WEB)”.

Acceder con certificado electrónico o DNI

Para acceder, es necesario contar con un certificado electrónico válido, emitido por la Real Casa de la Moneda, o un DNI electrónico. Una vez que dispongas de esta acreditación, dirígete al servicio Renta WEB dentro de la sección “Gestiones destacadas”.

En la pantalla de identificación, selecciona “Certificado o DNI electrónico”, elige tu firma electrónica y sigue las instrucciones para completar el acceso.

Dos personas haciendo la declaración
Dos personas haciendo la declaración de la renta. (Carlos Luján / Europa Press)

Acceder con número de referencia

Para obtener este número de referencia los contribuyentes deben proporcionar su Número de Identificación Fiscal (NIF), la fecha de caducidad del DNI (o el número de soporte del NIE) y el importe de una casilla específica de la Declaración de la Renta del año anterior. Si no presentaron la declaración el año pasado, podrán utilizar un IBAN en su lugar.

Una vez obtenido el número de referencia, el proceso de acceso es similar al de los otros métodos de identificación. Basta con ingresar al servicio de tramitación del borrador en Renta WEB y seleccionar la opción “Número de referencia”.