Tarjeta Familias Madrid 2025: cómo cobrar la ayuda de 693 euros al mes para hacer compras

Será un trabajador del Centro de Servicios Sociales quien determine si se acepta o se deniega la solicitud de la ayuda

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Tarjeta Familias Madrid (Ayuntamiento de
Tarjeta Familias Madrid (Ayuntamiento de Madrid)

Las “Tarjeta Familias” fueron una de las iniciativas del Gobierno para hacer frente a la crisis de la pandemia. Sacadas en 2020, surgieron como una iniciativa para apoyar a las familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad Estas tarjetas funcionan como tarjetas monedero cuya finalidad es la cobertura de las necesidades básicas de los miembros de la familia, tales como la alimentación, la higiene, el aseo y los servicios de transporte (abono de 30 días).

El año pasado, esta ayuda paso a ser objeto de las distintas Comunidades Autónomas. Funcionan de forma similar a las tarjetas bancarias, y son personales e intransferibles. Sirven como forma de pago en cualquier establecimiento de la Comunidad de Madrid con CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) de alimentación y transporte. La ayuda puede tener soporte físico o digital, gracias a que es compatible con las aplicaciones para teléfonos móviles. Su cuantía se establece entre los 165 y 693 euros mensuales.

Eso sí, para poder obtener alguna de estas tarjetas es necesario cumplir una serie de criterios. En primer lugar, se debe acreditar una situación de necesidad. Esto quiere decir que dicha situación será valorada por el trabajador social del Centro de Servicios Sociales. Por otro lado, el uso de estas tarjetas estará exclusivamente destinado a bienes de primera necesidad.

Además, los ingresos de la familia deben ser menores a la Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid, incrementada en un 40%. Es decir, que la cuantía de la ayuda está determinada por la renta mensual per cápita familiar. Los ingresos totales serán divididos por el número de integrantes, contando todos ellos como uno, a excepción de los menores de edad, que computarán como 1,5.

Ingresos máximos de la familia
Ingresos máximos de la familia y su límite / Renta mensual per cápita por número de miembros. (Ayuntamiento de Madrid)

No todas las “Tarjeta Familias” se abonarán con la misma cantidad de dinero todos los meses. La ayuda económica se hará en función de la renta mensual per cápita y de los criterios de valorización establecidos en la Ordenanza de las Prestaciones Económicas del Sistema Público de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid.

Asimismo, esta ayuda cubrirá como máximo un 90% del coste del servicio que se subvencione, debiendo el resto ser pagado por poseedor de la tarjeta, excepto cuando se trate de situaciones de emergencia o especialmente graves.

Requisitos para recibir la ayuda

Para poder solicitar la tarjeta es necesario cumplir una serie de requisitos y compromisos del diseño de intervención social:

  • Ser mayor de edad o menor emancipado.
  • Estar empadronado en el distrito al cual se dirige la solicitud.
  • Acreditar la situación de necesidad.
  • Aportar la documentación exigida (Fotocopia del DNI, fotocopia del libro de familia y documentación relativa a la situación económica familiar)
  • Aceptar los términos que figuren en le diseño de intervención social, en el que están recogidas las condiciones de utilización de la tarjeta.
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Cómo solicitarla

Las personas interesadas en la obtención de esta ayuda y que cumplan con los requisitos y criterios expuestos pueden solicitar la tarjeta en el centro de Servicios Sociales que le corresponda o de manera telemática.

En el caso de escoger la segunda opción, el interesado deberá descargar y rellenar la solicitud del modelo. Hay que recordar que se debe marcar la casilla: Necesidades básicas de alimentos. En esta solicitud se pedirán, además de los señalados anteriormente, los siguientes documentos:

  • Una autorización que permita al Ayuntamiento de Madrid acceder a las rentas de los familiares, para su verificación y cotejo.
  • Certificación de las personas de la unidad familiar si reciben otra ayuda (invalidez, pensiones exentas de tributación…).
  • Certificado de desempleo, pensión de viudedad o jubilación.
  • Una declaración del solicitante en la que conste su responsabilidad con las obligaciones de tener acceso a la Tarjeta Familias.
  • Una declaración en la que conste que no se recibe ayudas de la misma índole de otros organismos.
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