![No es lo mismo estar](https://www.infobae.com/resizer/v2/R3J5TXUTCRDI3EWT25GTE65KCQ.jpg?auth=f9f3046b758b738c79a9e9685a07fec0945b0a419d7472ef9aa4cef88829a4f6&smart=true&width=350&height=233&quality=85)
La baja médica temporal es un acto que forma parte del tratamiento integral del paciente. Nace tras la inspección de un médico a un trabajador que ha perdido la salud y necesita asistencia, en el que le objetivan limitaciones que le impiden temporalmente realizar sus tareas laborales. Supone un reconocimiento legal de la situación, que cubre asistencia sanitaria y la pérdida de las rentas. No obstante, conviene aclarar que estar enfermo no es lo mismo que incapacitado. Estas limitaciones se refieren a aquellas que impiden hacer las funciones habituales del puesto de trabajo.
Cuando se recibe la baja por parte del médico se tiene derecho a recibir una prestación económica para cubrir las necesidades que se ocasiona de la pérdida del salario. Asimismo, se está obligado a acudir a los reconocimientos médicos para verificar el estado de salud. Eso sí, esta ayuda no está destinada para resolver problemas familiares o conseguir tiempo libre para necesidades personales.
Quién y cuándo se paga la baja
La baja por incapacidad temporal se calcula en función de la base reguladora de la nómina del trabajador, incluso muchas veces se puede llegar a cobrar el 100% del salario. Sin embargo, muchas de las personas que se enfrentan a esta situación no saben si es la propia empresa, la mutua o la Seguridad Social la que se hace cargo del pago.
Generalmente, la empresa es la encargada de pagar la baja, y luego compensa ese dinero con la Seguridad Social (pago delegado). Por otro lado, si la empresa no está obligada o si se prolonga la baja, el pago pasa a ser responsabilidad del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o de la mutua correspondiente. Incluso, en los casos en los que se está cobrando el paro y desafortunadamente hay que pedir la baja médica, el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) se encarga de domiciliar el salario.
Cada uno de estos pagadores tiene días distintos para efectuar los pagos, por lo que dependiendo de quién esté pagando la baja, se cobrará un día u otro.
Si el pago lo realiza la Seguridad Social, el dinero se abonará el último día hábil de cada mes o los primeros días del mes siguiente. Es decir, los pagos suelen realizarse entre el día 30 y 4 del siguiente mes. Sin embargo, la fecha exacta puede variar dependiendo del banco donde se tenga domiciliada la nómina. Asimismo, si el último día del mes cae en festivo, se adelanta al día anterior.
Cuánto se cobra
A pesar de que algunas empresas realicen el esfuerzo y abonen la nómina completa a sus trabajadores que se encuentran de baja, no suele ser lo común. En este caso, existen dos supuestos a tener en cuenta a la hora de cobrar correctamente la baja temporal.
Si se trata de una enfermedad general o accidente no laboral, los tres primeros días no se cobrará nada, salvo que el convenio de la empresa regulara esta norma. De los días 4 al 15 se cobrará el 60% de la base reguladora (lo paga la empresa) y del 16 al 21 lo paga la Seguridad Social. A partir del día 21 se cobra el 75% de la base reguladora.
Sin embargo, si se trata de un accidente laboral o una enfermedad profesional, desde el primer día se cobrará el 75% de la base reguladora. Por otro lado, las normas de la Seguridad Social establecen que la baja laboral puede cobrarse, como máximo, durante 365 días, aunque si el médico afirma que el trabajador no puede reincorporarse pasado ese tiempo, se puede cobrar la prestación 180 días más.
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