Un trabajador de la Seguridad Social revela cuándo se puede solicitar la jubilación anticipada y cuáles son las condiciones

El profesional señala que “lo primero” que se debe saber es cuál es nuestra fecha ordinaria de jubilación

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Una jubilada con dinero de
Una jubilada con dinero de su pensión en la mano (Adobe Stock).

Tras toda una vida trabajando, siguiendo horarios estrictos, aguantando a jefes, soportando a compañeros e ir encabezando proyectos, llega un momento en el que sólo pensamos en la jubilación. Anhelamos no ir corriendo a los sitios, no tener prisa y simplemente dedicarnos a disfrutar. Por ello, contamos los días que nos faltan para poder jubilarnos. Sin embargo, para poder recibir esa cuantía mensualmente hay que reunir ciertos requisitos de edad y cotización.

Cuándo se puede solicitar la jubilación anticipada

Alfonso es un funcionario de la Seguridad Social que en su perfil de TikTok responde a las dudas más comunes que la ciudadanía suele tener sobre las pensiones, la jubilación y la vida laboral. En este caso, ha explicado cuándo se puede solicitar la jubilación anticipada y cuáles son los requisitos para reclamarla. Señala que “lo primero” que se debe saber es cuál es nuestra fecha ordinaria de jubilación, es decir, a qué edad podemos jubilarnos. Comenta que en 2024, un empleado “con más de 38 años cotizados” podía jubilarse a los 65 años.

Pero, ¿qué ocurre si no alcanza todos esos años trabajados? El profesional comenta que, en ese caso, “su edad ordinaria serían los 66 años y los 6 meses”. Asimismo, ha apuntado que esto no es algo definitivo, que esta antigüedad va a ir aumentando progresivamente, “hasta que en el 2027 la edad ordinaria de jubilación sean los 67 años”. “Una vez que sabemos cuál es nuestra edad ordinaria, en función de los años cotizados, ya podemos hablar de la jubilación anticipada”, continúa Alfonso.

A qué edad podrás acceder a la jubilación anticipada voluntaria en 2025.

Requisitos de la jubilación anticipada

Es importante distinguir entre dos tipos de jubilación anticipada: la involuntaria y la voluntaria. La primera modalidad, también conocida como jubilación anticipada forzosa, normalmente está motivada por un despido que se produce cuando ya no es tan sencillo encontrar un nuevo puesto, tal y como se detalla en el portal de Campmany Abogados. Se puede solicitar hasta cuatro años antes de la jubilación ordinaria, siempre que se cumplan unos determinados requisitos: llevar seis meses como demandante de empleo y que el cese de trabajo se haya producido por alguna de las causas contempladas en el artículo 207 de la Ley General de Seguridad Social

La jubilación anticipada voluntaria, por su parte, se puede reclamar dos años antes de la ordinaria, pero será necesario haber cotizado al menos 35 años y que el importe de la pensión resultante sea superior a la pensión mínima de mayores de 65 años que nos correspondería en función de nuestra situación familiar.

Otras cuestiones importantes

Alfonso apunta otras dos cuestiones relevantes que se deben tener en cuenta. La primera es el servicio militar que sirve para alcanzar el periodo mínimo de años cotizados tanto para la jubilación anticipada involuntaria como voluntaria. Es preciso matizar que períodos de servicio militar o prestación social sustitutoria sólo se computan para alcanzar el periodo de cotización específico.

Por último, menciona que a ambas se les aplican coeficientes reductores, es decir, que tienen una penalización. Además de estas existen otras como: la jubilación parcial, anticipada por razón de actividad, anticipada para personas con discapacidad.

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