Un experto alerta de las tres trampas de las inmobiliarias para quedarse con tu dinero: “Que no te engañen porque hay mucho dinero en juego”

En los últimos años, abogados especializados y asociaciones de consumidores trabajan a destajo por cobros irregulares de algunas de estas empresas

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Entrega de llaves en la
Entrega de llaves en la compra de una vivienda. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La ley establece ciertos límites en las prácticas de cobro por parte de las agencias inmobiliarias al comprar una vivienda. Estas empresas actúan como intermediarias entre compradores y vendedores, y aunque desempeñan un papel clave, su retribución está regulada para evitar abusos. Esto no quiere decir que no se sigan cometiendo, como bien sabe buen número de ciudadanos que en algún momento se ha visto ante la tesitura de tener que pagar sumas que sabían irregulares a fin de no perder un inmueble.

Vamos a repasar las comisiones y los gastos sí permitidos:

  • Comisión del vendedor: las inmobiliarias suelen cobrar una comisión que, generalmente, oscila entre el 3% y el 7% del precio de venta del inmueble. Esta cantidad, por norma general, es abonada por el vendedor, a menos que se acuerde explícitamente lo contrario en el contrato.
  • Gastos adicionales pactados: si el comprador acepta explícitamente otros servicios en un contrato, como la gestión documental o la asistencia en la obtención de financiación, la agencia puede cobrar por estos conceptos.
  • Depósitos o reservas: en algunos casos, las agencias pueden solicitar un depósito para reservar el inmueble. Este importe debe estar correctamente especificado en un contrato y ser reembolsable si la operación no se completa por causas no atribuibles al comprador.
Así son las medidas anunciadas por Pedro Sánchez para hacer asequible el acceso a la vivienda.

Y estos son los cobros que no están permitidos:

  • Comisiones duplicadas: es ilegal que la inmobiliaria cobre comisión tanto al comprador como al vendedor por la misma transacción, salvo que ambas partes lo hayan aceptado expresamente por separado.
  • Gastos no justificados: cargos por conceptos genéricos, como “gastos de tramitación” o “apertura de expediente”, no pueden imponerse si no están claramente especificados en un contrato firmado por el comprador.
  • Costes obligatorios sin acuerdo previo: ninguna agencia puede exigir al comprador el pago de servicios que no haya solicitado o que no sean esenciales para completar la transacción, como seguros adicionales o certificaciones no obligatorias.

Consejos para evitar irregularidades

Antes de firmar cualquier contrato, es recomendable leer detenidamente los términos y condiciones. Asimismo, el cliente debe asegurarse de que todas las cláusulas relacionadas con pagos o servicios estén bien detalladas. En caso de dudas, puede consultarse con un abogado especializado o contactar con organizaciones de consumidores como la OCU o Facua.

En última instancia, las prácticas de las inmobiliarias deben regirse por lo estipulado en el Código Civil y otras normativas específicas, como la Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios, que protegen los derechos de los compradores en España.

Sergio Gutiérrez, en su canal
Sergio Gutiérrez, en su canal en TikTok.

Tres trampas de las inmobiliarias

A este respecto, Sergio Gutiérrez, cofundador de Excellence Real Estate Circle, alerta en su canal en TikTok de lo que llama “las tres trampas de las inmobiliarias para quedarse con tu dinero”. Y el arranque es coloquial e indignado: “Mira, estoy hasta las narices de los estafadores inmobiliarios, que encima nos dan mala fama a los profesionales que intentamos hacer bien nuestro trabajo”.

A continuación, expone las para él tres mayores “barbaridades” que cometen algunas de estas empresas: “La primera, cuando les vas a pagar aunque finalmente no vendas la vivienda, como una cláusula que me ha enviado una seguidora. ¿Quién va a querer pagar a una inmobiliaria que no le venda la casa? Cuidado con lo que firmas“.

La segunda, “si la inmobiliaria cobra en arras, que no pasa nada, se puede cobrar en arras, pero si cobran en arras, sobre todo si hay una cláusula en las arras donde el comprador puede anularlas -por ejemplo, por no tener financiación-, que la inmobiliaria se comprometa a devolver también esa cantidad, porque encima vas a tener que pagarles los honorarios y devolver tú todas las arras”.

Por último, explica Gutiérrez, “los honorarios exigen que solo te los cobren a ti, porque está muy bien pactar que te cobren un 5% o un 4% o un 3%, da igual, pero si luego le meten un sobreprecio al comprador que puede llegar a ser incluso de un 5% extra, ese dinero lo dejas de percibir; podrías haber vendido por más”.

“Que no te engañen”, concluye este experto, “que hay mucho dinero en juego y el que lo pierde eres tú”.

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