Cuando un heredero recibe una vivienda hipotecada como parte de una herencia, surge una importante cuestión: ¿qué sucede con la hipoteca pendiente? Según el artículo 1003 del Código Civil, al aceptar la herencia, el heredero asume tanto los bienes como las deudas del fallecido, incluyendo cualquier préstamo hipotecario relacionado con la propiedad heredada. Sin embargo, existen alternativas para evitar que la hipoteca se convierta en una carga económica excesiva.
Opción 1: Aceptar la herencia con seguro de vida asociado
La solución más directa para evitar el pago de cuotas hipotecarias es si el fallecido contrató un seguro de vida vinculado a la hipoteca. Aunque no es obligatorio, este tipo de seguro cubre la deuda pendiente en caso de fallecimiento del titular. En esta situación, la aseguradora asume el saldo pendiente del préstamo y la propiedad pasa al heredero libre de cargas hipotecarias.
Para activar esta cobertura, el heredero debe presentar al banco y a la aseguradora ciertos documentos, entre ellos, el certificado de defunción y el testamento. Este procedimiento asegura que el banco reciba el pago total del préstamo y que el heredero reciba una vivienda libre de deudas.
Opción 2: Aceptar la herencia a beneficio de inventario
Otra alternativa para evitar problemas financieros es aceptar la herencia a beneficio de inventario. Este mecanismo permite que las deudas de la herencia, incluida la hipoteca, se cubran únicamente con los bienes heredados, sin afectar el patrimonio personal del heredero. En este caso, el heredero solo recibiría la parte de la herencia que quede después de liquidar todas las deudas.
Opción 3: Renunciar a la herencia
En caso de que la deuda hipotecaria supere el valor del inmueble o que la situación financiera del heredero no permita asumir la carga, este tiene la opción de renunciar a la herencia. Esta decisión debe formalizarse mediante escritura pública ante notario y libera al heredero de cualquier responsabilidad sobre las deudas del fallecido.
Otros aspectos importantes
Cuando una vivienda hipotecada tiene dos titulares o un avalista, la situación se complica. Si el fallecido compartía la titularidad de la hipoteca, los herederos asumen su parte proporcional, mientras que el otro titular deberá hacerse cargo del resto si los herederos rechazan la herencia. En cuanto al avalista, su responsabilidad se mantiene hasta que se liquide la deuda, salvo que el contrato hipotecario especifique lo contrario.
Por último, los trámites relacionados con la aceptación o renuncia de una herencia incluyen la presentación de documentos como el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y la escritura de adjudicación de la herencia. Además, deben pagarse impuestos como el de sucesiones y donaciones y la plusvalía municipal, que pueden verse reducidos en función de las deudas pendientes del fallecido.
En definitiva, la clave para que los herederos no tengan que asumir las cuotas de una hipoteca radica en la previsión del fallecido al contratar un seguro de vida vinculado al préstamo. Alternativamente, aceptar la herencia a beneficio de inventario o renunciar a ella son opciones válidas para evitar compromisos financieros no deseados.