El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que marca un hito en la interpretación del subsidio por desempleo para mayores de 52 años. La resolución, dictada el 13 de noviembre de 2024, reafirma la flexibilidad en la aplicación del requisito de inscripción ininterrumpida como demandante de empleo. Para entender este fallo, hay que ahondar en la historia del protagonista, Eleuterio.
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Nació en 1966, agotó su prestación por desempleo en 2007 y solicitó el subsidio para mayores de 52 años en 2019. A pesar de haber estado inscrito como demandante de empleo durante más de 3.700 días, tuvo interrupciones superiores a 90 días en 2008 y 2009. Por ello, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) denegó su solicitud. Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social n.º 8 de Madrid como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconocieron su derecho al subsidio.
El SEPE alega que la norma debe cumplirse de manera estricta
Una noticia que no sentó muy bien al Servicio Público y por la que decidió actuar en consecuencia: presentó un recurso de casación para la unificación de doctrina, argumentando que la norma debe aplicarse de manera estricta. Una apelación que el TS desestimó y tras la cual confirmó la sentencia que favorece al demandante.
El artículo 274.4 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) establece que la inscripción ininterrumpida como demandante de empleo es un requisito clave para acceder al subsidio. Sin embargo, la norma permite interrupciones inferiores a 90 días. La sentencia del Tribunal Supremo destaca que, aunque el demandante superó este límite en el pasado, su inscripción ininterrumpida durante una década previa a la solicitud demuestra su voluntad de reincorporarse al mercado laboral.
El fallo también subraya que la finalidad del subsidio es proteger a los trabajadores vulnerables, como los parados de larga duración, y que una interpretación excesivamente estricta podría contravenir el principio de proporcionalidad. En este sentido, el Tribunal hace referencia a precedentes como la STS de 15 de octubre de 2003, que aboga por una aplicación flexible de las normas en beneficio de los derechos sociales.
Una sentencia con un gran impacto y alcance
Esta resolución consolida la doctrina de que las interrupciones en la inscripción como demandante de empleo no pueden ser analizadas de manera aislada. En su lugar, se deben considerar las circunstancias generales del caso, como la extensión de los periodos de inscripción activa y la ausencia de conductas fraudulentas. El Tribunal subraya que el objetivo principal del subsidio es amparar a quienes, pese a buscar empleo activamente, no logran reincorporarse al mercado laboral.
El fallo también tiene implicaciones más amplias para la aplicación de las políticas de empleo en España. Refuerza el mandato constitucional de garantizar un sistema de protección eficaz ante el desempleo y promueve la integración laboral de los colectivos más vulnerables. Además, establece un precedente que podría influir en futuras reformas de la legislación sobre prestaciones por desempleo.
Este caso no sólo resuelve un caso particular, sino que también refuerza el enfoque humano y flexible que debe guiar la aplicación de las normas en el ámbito de la protección social.