Un abogado avisa sobre el despido que casi siempre es improcedente: “Pelead por ello porque se puede conseguir”

Una trabajadora que recibió el reconocimiento de su Incapacidad Permanente más de tres años después de su Despido Improcedente

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@laboral_tips, un abogado laboralista que comparte casos y consejos en TikTok (@laboral_tips, rawpixel)

@laboral_tips es un abogado laboralista que, además, comparte casos y consejos sobre procesos legales en el contexto profesional a las 930.000 personas que le siguen en su cuenta de TikTok. Abusos de influencia, despidos improcedentes, exigencias fuera de contrato y demás posibles formas en que los empleadores, aprovechando el desconocimiento de los empleados, su miedo a perder su puesto, o su incapacidad de recurrir legalmente por un motivo u otro, se saltan la normativa legal.

Este caso en particular tiene que ver con un despido improcedente por una incapacidad permanente no reconocida. La incapacidad permanente es aquella condición que, después de un proceso médico, impide al trabajador desempeñar sus funciones laborales de forma total o parcial. La parcial supone que el trabajador pueda seguir desempeñando alguna de sus funciones, y la total es cuando no le es posible.

La incapacidad permanente: así protege la ley a los trabajadores

Esta condición está reconocida en España por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que evalúa el grado de incapacidad del trabajador en función de la naturaleza de su enfermedad o lesión. Además, lo protege de despidos improcedentes relacionados con su estado de salud, asegurando que únicamente en determinadas circunstancias y siguiendo un proceso adecuado, un despido por incapacidad sea legal. La legislación laboral española recoge que un despido por incapacidad permanente solo será procedente si la incapacidad del trabajador es total para el puesto de trabajo que desempeñaba (es decir, que no haya forma posible de que siga ejerciendo sus funciones) y siempre que la empresa pueda demostrar que no existen vacantes o adaptaciones de puesto disponibles para acomodar la nueva situación del trabajador.

Según cuenta, la trabajadora habría solicitado el reconocimiento de su incapacidad permanente después de un accidente laboral en 2021. Según la normativa, hay una serie de requisitos que deben cumplirse para optar a este reconocimiento: el trabajador no debe haber alcanzado la edad de jubilación; ha de estar dado de alta en la Seguridad Social; y debe contar con un tiempo de cotización mínimo, a no ser que la causa de la invalidez sea una enfermedad profesional (una patología adquirida como consecuencia del desarrollo de sus funciones laborales) o un accidente, tanto laboral como no laboral.

Según el abogado y creador de contenido, la solicitud del reconocimiento de la incapacidad permanente les estaba siendo denegada por no cumplir el requisito de haber cotizado un mínimo de años. Sin embargo, según cuenta, la causa en este caso habría sido un accidente laboral que no pudo demostrar. Aunque, debido al tiempo que había pasado desde el accidente, no ganaron esa batalla, finalmente acabaron por obtener el reconocimiento de que la incapacidad se debía a un accidente no laboral, en cuyo caso tampoco es necesario haber cotizado ese mínimo de años.

A pesar de esto, el juez seguía negando la solicitud, pero tras un recurso frente al Tribunal Superior de Justicia se les concedió, reconociendo también el derecho a una pensión del 55% de la base reguladora contando desde 2021, el año del despido. “Esto es el problema de la justicia, que es lenta pero finalmente llega”, apunta el abogado, añadiendo que “si necesitáis pedir una pensión por incapacidad, lo primero: hacedlo cuanto antes, tened informes que lo demuestren, y después pelead por ello porque se puede conseguir”.

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