
La Comisión Nacional de Valores (CNV) avanza en la reglamentación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), cuyo objetivo será avanzar en la regulación de las empresas que operan con criptoactivos en base a lo dispuesto por la ley que aprobó el Senado.
“La Comisión Nacional de Valores (CNV) trabaja para adecuar e implementar el alcance de la ley que reforma el Sistema Normativo Nacional de Prevención en Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT)”, señaló el organismo en un comunicado.
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Las acciones se encuadran dentro de la Ley N° 27.739, aprobada el pasado 14 de marzo en el Senado, que reforma la Ley N° 25.246 de Prevención del Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, sancionada en el año 2000.
“La reforma establece nuevas facultades para la CNV, entre ellas se destaca la creación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), a través del cual centralizará la información adecuada, precisa y actualizada sobre todas las personas humanas y jurídicas que revisten el carácter de proveedores de registros virtuales”, señaló el parte de prensa.
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El PSVA ejercerá las funciones de supervisión, regulación, inspección, fiscalización y sanción de dichos proveedores. La sanción de la Ley y su promulgación se da en el marco de la Cuarta Ronda de Evaluación Mutua de Argentina de GAFI/GAFILAT.
En este sentido Roberto Silva, presidente de la CNV destacó “venimos trabajando desde que la posibilidad de que se sancione la Ley se volvió una probabilidad cierta, ahora que es una realidad avanzaremos en la creación del registro de proveedores de activos virtuales en cumplimiento con las recomendaciones de GAFI”.
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Por su parte, la directora Sonia Salvatierra, vocal del directorio de CNV que acompañó recientemente el inicio de la visita del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), dijo que “para la CNV es muy importante acompañar y cumplir con la evaluación de GAFI/ GAFILAT. Por ello, nuestro equipo está abocado en cumplir metas y recomendaciones con el objetivo de lograr el fortalecimiento e impulsar el desarrollo del mercado de capitales de Argentina”.
Por último, el directorio de la CNV integrado también por Patricia Boedo, afirmó que “se va a hacer una tarea coordinada con UIF (Unidad Información Financiera), organismos de la Administración Pública y entidades descentralizadas y/o autárquicas para que el resultado de la implementación de la nueva normativa sea eficaz y transparente, genere nuevas oportunidades en el combate contra el crimen organizado, propicie la efectividad del sistema preventivo y represivo, promueva el cumplimiento de las obligaciones ALA/CFT por parte del sector privado e impulse la adaptación a nuevas tecnologías”.
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Ley de Registro de PSAV
La semana pasada el Senado aprobó la reforma de la ley 25.246 de prevención de lavado de activos que tenía media sanción de Diputados, que incluye cambios en el Código Penal, en la UIF y también la creación de un Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV). De ese modo, todas las empresas que operen con criptomonedas en la Argentina deberán inscribirse en ese registro y someterse a la “supervisión, regulación, inspección, fiscalización y sanción” del Gobierno a través de la CNV.
La premura en aprobar el proyecto obedeció a que hasta el 26 de marzo se encuentra en Buenos Aires una misión del Grupo Acción Financiera Internacional (GAFI), el organismo global dedicado a la prevención del lavado de dinero. Tal como anticipó Infobae, el Gobierno debía cumplir con una exigencia específica del GAFI en cuanto a registrar a las empresas cripto. De no hacerlo, podría ingresar a la indeseable “lista gris” del GAFI, integrada por países vulnerables a esa clase de delitos.
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Antes del 26 de marzo, la norma sancionada debe estar en efectiva vigencia. Por tanto, se espera que el presidente Javier Milei la promulgue a la mayor brevedad, previo veto del artículo que dispone su entrada en vigencia a los 30 días de su publicación. Para cumplir con el GAFI, debe entrar en vigencia antes. Una vez promulgada, la CNV dictará su reglamentación, en su carácter de autoridad de aplicación de ese registro.
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