El 28 de enero de 2025, la Corte Constitucional declaró el incumplimiento general frente al componente de suficiencia de la unidad de pago por capitación (UPC), que es el valor anual que se reconoce por cada uno de los afiliados al sistema general de seguridad social en salud (Sgsss) para cubrir las prestaciones del Plan Obligatorio de Salud (POS), en los regímenes contributivo y subsidiado. Asimismo, declaró la insuficiencia del aumento del 5,3% de la misma fijada para este año.
La decisión fue adoptada por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, dentro del seguimiento de las órdenes vigésima primera y vigésima segunda, al estudiar la suficiencia de la UPC, que constituye una de las fuentes de financiación del Plan de Beneficios en Salud (PBS).
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Dentro de las consideraciones, el alto tribunal adujo que el Ministerio de Salud no avanzó en la superación de las fallas identificadas en el sistema de información al interior del sistema de salud detectadas desde el Auto 411 de 2016, que impiden calcular una UPC suficiente.
Por supuesto, la decisión generó varias reacciones en actores del sector. Uno de ellos fue el de la presidenta ejecutiva de la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi), Ana María Vesga.
Resaltó, por medio de X, que “nuevamente se pronuncia la Corte Constitucional, esta vez para declarar el incumplimiento en el cálculo de la UPC desde años atrás y los rezagos en la metodología aplicada, con clara afectación sobre el financiamiento del sistema y la atención de los usuarios”.
Y añadió que es una “importante decisión que allana el camino para el restablecimiento del equilibrio de todo el sistema”. Además, lo calificó como algo “histórico”.
Garantía del derecho a la salud
Entretanto, la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi), que preside Bruce Mac Master, celebró el Auto 007 de 2025 emitido por la Corte Constitucional, que declara el incumplimiento general frente a la suficiencia de la UPC y ordena su reajuste para los años 2024 y 2025. La decisión, resultado del seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, según el gremio, representa un paso fundamental para garantizar el derecho a la salud de los colombianos y fortalecer la sostenibilidad del sistema de salud.
Remarcó que la Corte, al evidenciar las deficiencias estructurales en el cálculo de la UPC y el impacto que estas generan en el financiamiento del Plan de Beneficios en Salud (PBS), subrayó la urgencia de contar con mecanismos transparentes y efectivos para garantizar que los recursos asignados reflejen las necesidades reales de la población. Esto incluye ajustar la metodología de cálculo, reconocer los rezagos acumulados desde 2021 y avanzar hacia la equiparación de los valores de la UPC entre los regímenes contributivo y subsidiado.
“Tal como hemos señalado desde la Andi, la insuficiencia de recursos con cargo a la UPC ha acumulado un faltante cercano a los $15,5 billones entre el 2022 y el 2024. En un estudio técnico que lanzamos al cierre del año pasado advertimos que, de continuar con los niveles de siniestralidad que está exhibiendo el sistema, el faltante para el 2025 podría estar alrededor de los $10 billones”, indicó.
Recalcó que la situación de insuficiencia generó una crisis financiera sin precedentes en el sistema. Lamentó que, sin recursos suficientes y un flujo oportuno, la prestación adecuada de los servicios de salud corre peligro. También, que los recursos son esenciales para el pago de los servicios de salud a prestadores, el pago de los salarios y honorarios de médicos y el talento humano en salud, la compra de medicamentos, dispositivos médicos e insumos. Puntualizó que la insuficiencia de la UPC pone en riesgo la operación del sistema, la protección de los pacientes y sus familias.
Por esa razón, la Andi destacó tres puntos clave de esta decisión de la Corte:
- Prioridad para los pacientes: el reajuste de la UPC permitirá garantizar que los recursos destinados al aseguramiento en salud cubran adecuadamente los servicios y tecnologías incluidos en el PBS. Esto beneficiará directamente a los más de 50 millones de afiliados al sistema de salud.
- Fortalecimiento del sistema de salud: la creación de una mesa de trabajo con la participación de actores del sector es una oportunidad para corregir rezagos históricos, asegurar la calidad de los datos utilizados en el cálculo de la UPC y promover una asignación más justa y eficiente de los recursos. Debemos garantizar que sea un mecanismo real de diálogo, concertación y decisiones técnicas.
- Compromiso del Gobierno nacional: la orden de la Corte al Ministerio de Hacienda de garantizar los recursos necesarios para cumplir con estos ajustes es un llamado claro a priorizar el sistema de salud en la distribución de los recursos públicos. La salud debe ser reconocida como un pilar fundamental del desarrollo social y económico del país.
Señaló que la decisión no solo responde a una deuda histórica con el sector, que se agravó por las acciones y omisiones del gobierno nacional actual, sino que también sienta un precedente para fortalecer la gestión del sistema de salud en el futuro.
“En la Andi hemos hecho un trabajo juicioso, técnico y continuo para demostrar la insuficiencia de recursos de la UPC. Nos complace muchísimo la decisión de la Corte, porque ratifica una situación que hemos señalado asiduamente y porque es un fallo en pro de los pacientes y usuarios del sistema. Por eso hacemos un llamado a los Ministerios de Salud y de Hacienda para que trabajen con celeridad en el cumplimiento de las órdenes impartidas por la Corte”, señaló el presidente de la Andi, Bruce Mac Master.