Quería un DNI que dijera “femeneidad travesti” y la Corte Suprema le dijo que no: cuáles fueron las razones
“Con fundamento en el art. 19 de la Constitución Nacional, la autopercepción remite a la identidad y debe resultar ajena al interés registral del Estado, salvo que se vincule con la adopción de acciones positivas en beneficio de sectores vulnerables”, dijo Rosatti.