
A casi un mes de que Marcela Acuña fuera hallada culpable por un jurado popular por el femicidio de Cecilia Strzyzowski, la jueza de la Cámara del Crimen N° 2 de Chaco, Dolly Fernández, rechazó un hábeas corpus presentado por la condenada. La magistrada, a su vez, ordenó a la Unidad Penitenciaria Nº1 que se dejen sin efecto las restricciones que, oportunamente, fueran ordenadas por el Equipo Fiscal Nº4, a cargo de Jorge Cáceres Olivera contra la detenida. Ella no tenía beneficios, sino limitaciones.
En este caso, Acuña recurrió al tribunal alegando restricciones en su régimen de detención, pero la jueza consideró que el recurso utilizado, destinado a proteger la libertad y la integridad de las personas privadas de su libertad frente a situaciones de presunto abuso o trato indigno; no es válido, porque la detenida ya está bajo control de un tribunal competente.
En su argumentación, la jueza Fernández citó un fallo anterior, donde se destaca: “El hábeas corpus correctivo tiene un fin preciso, tuitivo, tendiente a reencaminar o corregir aquellas formas de detención que no respeten la dignidad -o el trato digno- de las personas privadas legalmente de la libertad”.
La jueza también dejó constancia de que, según la información oficial, no existe ninguna disposición de incomunicación ni prohibición para que Acuña realice actividades recreativas, educativas o salidas al patio.

En la resolución se ordenó a la Unidad Penitenciaria Nº1 que comunique nuevamente a la imputada que “desde el Tribunal no se dispuso incomunicación alguna con las demás internas”.
Además, la jueza dispuso que se dejen sin efecto y cesen las restricciones que en su momento había ordenado el Equipo Fiscal Nº4 respecto de Acuña. En el mismo sentido, instruyó a la autoridad penitenciaria para que brinde a la imputada el mismo tratamiento que al resto de la población carcelaria y adopte todas las medidas necesarias para garantizar su seguridad, trato digno y protección de la salud física, psíquica y emocional.
La resolución enfatiza que la situación de Acuña debe ajustarse a los estándares de trato igualitario y respeto por los derechos humanos, sin restricciones adicionales a las que impone el régimen penitenciario general.
Hay que recordar que en algún momento Acuña tenía, por cuestiones de seguridad, un régimen limitado en su vínculo con las otras detenidas, pero no por pedido de ella sino por disposición de la justicia. Ahora se ordenó que sea una interna común y que puede acceder a todo los beneficios de las otras internas dentro del penal.
Culpables

La misma magistrada ahora será la responsable de definir la cantidad de años que cada uno de los seis condenados por el femicidio deberá pasar tras las rejas, luego de que un jurado popular los hallara culpables del crimen de Cecilia.
Fernández tiene un plazo de 15 días hábiles para anunciar su resolución desde el veredicto del 28 de noviembre, aunque hay una posibilidad, mínima, pero presente, de que la sentencia se postergue para el año próximo: ya que está la feria judicial, que se extiende del 24 de diciembre al 31 de enero.
En el caso de César Sena, el jurado popular consideró que fue el autor material del femicidio de Cecilia, tras probarse que la asesinó en la casa de sus padres. Al consumar el crimen, la envolvió en una manta y la había dejado escondida en otra habitación. Tanto la Fiscalía como la querella habían solicitado la prisión perpetua.
Sobre el rol de Marcela Acuña y Emerenciano Sena, la jueza definió que habían sido partícipes necesarios para la comisión del delito. Mientras que para Gustavo Obregón, Fabiana González y Gustavo Melgarejo, sus empleados que fueron encontrados responsables de encubrimiento, pidieron penas menores.

Según explicó la magistrada a la prensa local, la notificación de la fecha de lectura de la sentencia se realizará a través del sistema informático SIGI, y la decisión sobre la eventual suspensión de plazos corresponde al Superior Tribunal de Justicia, que suele pronunciarse antes del inicio del receso.
La audiencia de cesura concluyó el viernes 28 de noviembre, cuando la jueza Fernández escuchó a los acusados en su última intervención antes de la sentencia. Los integrantes del clan Sena coincidieron en solicitar que no los trasladen fuera de Resistencia.
Así, César Sena sostuvo: “Quiero adherir en todo lo que ha expresado mi defensa, como así también hacer reserva de todos los recursos pertinente de casación. Como único pedido que puedo realizar, que no se me mueva de mi lugar actual de alojamiento por cuestiones sencillas, como que tengo a toda mi familia radicada en la ciudad presente. Y es todo lo que tengo para decir”.
Emerenciano Sena participó de la audiencia junto a su hijo a través de Zoom e insistió: “No me muevan de aquí, que este es el alojamiento más cercano a mis familiares, amigos, conocidos. No tengo familiares en otro lugar, y son los únicos que me traen mis medicamentos, que no son todos los que necesito, pero por lo menos me ayudan a mantener mi vida por ahora”. Asimismo, remarcó: “Solicito eso, trasladarme a cualquier otro lugar sería una pena de muerte. Y no se olviden que yo soy un inocente condenado”.
Por su parte, Marcela Acuña realizó una exposición extensa en la que pidió a la jueza que considere la situación de su esposo, tras argumentar que fue condenado sin pruebas contundentes. Además, apuntó que “se le dio un jurado no técnico que determinaron hechos con pruebas que creo que ningún estudiante de abogacía puede llegar a tenerlas como válidas”.
De la misma manera, apuntó: “Seríamos el hazmerreír de que una persona como Emerenciano, un dirigente social, que sea condenado, y a cadena perpetua, por una esquela que él no la hizo y un audio poco comprobable”. Asimismo, planteó que su esposo no sería meritorio de una perpetua.
En tanto, Melgarejo, González y Obregón solicitaron la posibilidad de regresar con sus familias y reinsertarse en la vida cotidiana tras el proceso judicial.
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