
Un fiscal de Lomas de Zamora fue denunciado ante la Procuración Bonaerense por hacer acuerdos con dos imputados en una megacausa por asociación ilícita. Se trata de un caso que fue investigado desde 2018 y que involucra a una red de abogados caranchos, quienes en su mayoría fueron recientemente condenados por estafas reiteradas a compañías aseguradoras.
El funcionario judicial acusado es Jorge Rolando Grieco, quien desde diciembre de 2024 está a cargo del expediente que durante años investigó a más de 70 personas -incluyendo punteros y falsas víctimas- que integraban una banda dedicada a defraudar a empresas de seguros mediante la simulación de accidentes, falsificación de documentos y presentación de demandas judiciales fraudulentas.
Hasta el año pasado, la investigación estuvo encabezada por los fiscales Sebastián Scalera y Pablo Rossi. En julio de 2022 la causa se desdobló: dejó, por un lado, a los actores civiles y por el otro a los abogados, punteros y policías imputados. En 2023, todos fueron a juicio por asociación ilícita, defraudación y encubrimiento.
Grieco llegó a la causa en diciembre de 2024 por cambios en la fiscalía. En este contexto, el abogado Nicolás D’Albora -representante a las firmas damnificadas- denunció que, tras su intervención, hizo arreglos por fuera de la ley con dos abogados imputados, Fabián Esteban Contino y María Laura Brea.

Según el escrito, al que accedió Infobae, lo que hizo fue acordar juicios abreviados para ambos. El detalle es que el fiscal omitió en su requerimiento el delito de asociación ilícita y solo incluyó la imputación por estafa. Es decir, que suprimió la acusación del delito más grave, dándoles la oportunidad de que reciban una pena mucho menor a la acordada en la elevación a juicio.
La infracción que le adjudican en la denuncia radica en que, de acuerdo a lo estipulado en la ley, un funcionario judicial no puede cambiar la calificación de un imputado después de que el caso sea elevado para debate oral. Tampoco puede acordar penas distintas a las establecidas en el pedido de juicio, salvo con justificación expresa.
En su dictamen, Grieco propuso penas de seis meses de prisión de ejecución condicional y seis meses de inhabilitación especial para el ejercicio de la abogacía, considerando incluso que la sanción de inhabilitación ya se encontraba cumplida.
En consecuencia, la querella solicitó que se declarara la inadmisibilidad de los acuerdos de juicio abreviado en su favor, señalando irregularidades sustanciales en el procedimiento. En primer lugar, alegaron que ambos imputados habían sido indagados bajo el artículo 308 del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires por el delito de asociación ilícita y múltiples hechos de estafa en concurso real.
Según el planteo de los abogados querellantes, el fiscal, al aceptar un acuerdo por una sola estafa simple, “dispuso indebidamente de la acción penal pública respecto de hechos distintos a los incluidos en la requisitoria de elevación a juicio”.
En segundo término, señalaron que el dictamen de Grieco se apoyó en la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal N°8 de Lomas de Zamora, que absolvió a algunos coimputados. Sin embargo, esa decisión había sido recurrida por la querella mediante un recurso de casación, por lo que “no se encuentra firme y no puede servir de sustento jurídico para modificar calificaciones o reducir el alcance de las imputaciones”.
Finalmente, recordaron que el propio fiscal Grieco había ratificado previamente los acuerdos de juicio abreviado realizados por el fiscal Scalera respecto de los imputados que resultaron absueltos y que integraban las mismas asociaciones ilícitas que Brea y Contino, manteniendo en esos casos la calificación de asociación ilícita y defraudaciones reiteradas.
Según supo Infobae, el Procurador Bonaerense y máxima autoridad de los fiscales, Julio Conte Grand, aceptó la denuncia y el caso será evaluado.
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