
Leandro Esteban García Gómez seguirá preso. Así lo decidió el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº47, que dictó este martes el procesamiento con prisión preventiva del detenido por una serie de delitos vinculados a la violencia de género, tras considerar acreditado un patrón sistemático de agresiones y control psicológico sobre la cantante de Bandana Lourdes Fernández.
Según pudo saber Infobae, la resolución judicial sostiene que los hechos investigados no corresponden a incidentes aislados, sino a una dinámica reiterada de violencia, manipulación y aislamiento.
Así se procesó a García Gómez por los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada y amenazas coactivas.
La investigación penal reveló que la víctima fue hallada en condiciones de vulnerabilidad y aislamiento, luego de haber permanecido retenida en el domicilio del acusado durante un período prolongado.

El fallo judicial subraya que la conducta de García Gómez se inscribe en un patrón de violencia sostenida, verificado tanto en la causa actual como en antecedentes previos en el fuero penal contravencional.
En particular, se hace referencia a expedientes tramitados ante el Juzgado PCyF Nº13 por lesiones leves y el Juzgado PCyF N° 24 por amenazas, donde ya se habían documentado episodios de agresión y hostigamiento.
El juez remarcó que el imputado desobedeció en reiteradas ocasiones las órdenes judiciales de restricción y las medidas de alejamiento que se encontraban vigentes, lo que agravó la situación de riesgo para la víctima.
Como parte de las medidas adoptadas, el tribunal dispuso un embargo sobre los bienes de García Gómez por $15.000.000 y ordenó la continuidad de las medidas de protección integral hacia Lourdes Fernández.
El abogado Yamil Castro Bianchi, en un comunicado en representación de la familia de la víctima, valoró la decisión judicial como un avance relevante en la protección de Lourdes y en la visibilización de la necesidad de una respuesta judicial con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos.
“Esta resolución constituye un paso fundamental para garantizar la seguridad de Lourdes Fernández y visibilizar la necesidad de una respuesta judicial con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos, como en este caso existió”, dijo.

Hay que recordar que la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Nº43, a cargo de Silvana Russi, ya había rechazado el pedido de excarcelación presentado por la defensa de García Gómez la semana pasada.
El escrito de la fiscal incluyó un informe de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cuyos profesionales entrevistaron a la víctima. En sus conclusiones, los especialistas advirtieron la presencia de “indicativos de una percepción subjetiva de riesgo deficitaria, coligada a la naturalización de la violencia” y describieron la situación como un caso de “entrampamiento vincular atravesado por una situación de violencia de género de larga data que actualmente sería invisibilizada por la entrevistada”, evaluando el riesgo como alto.
El juez Diego Javier Slupski le dio la derecha a la fiscal. Justamente, el magistrado citó a los especialistas de la Oficina Doméstica de la CSJN, que dieron cuenta de que “se trata de un caso […] de entrampamiento vincular atravesado por una situación de violencia de género de larga data que actualmente sería invisibilizada por la entrevistada".
Y concluyó: “A su vez valoro de modo negativo la actitud elusiva y obstructiva proceso del accionar de la justicia en el marco de este proceso, pues no es posible soslayar que en dos ocasiones ocultó y negó al personal policial que acudió a su domicilio la presencia de la víctima, sólo pudo darse con Lourdes Fernández al expedirse la correspondiente orden de allanamiento y registro del inmueble del encausado como así también de los espacios comunes del edificio”.
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