
La Justicia de Villa María condenó a un hombre, oriundo de la localidad cordobesa de Pasco, a ocho años de cárcel por delitos sexuales cometidos contra tres niñas de su entorno.
La sentencia, comunicada en las últimas horas, fue resultado de un extenso proceso judicial impulsado por la fiscal Juliana Companys y marcó un precedente en la lucha contra los delitos contra la integridad sexual en el interior provincial.
La investigación comenzó en agosto de 2022, cuando el personal de una escuela local advirtió, durante una conversación entre alumnas, referencias directas a situaciones de abuso en perjuicio de menores.
Tras la denuncia, se pusieron en marcha los mecanismos de intervención judicial y protección de las víctimas. La causa avanzó con la recolección de testimonios, pericias y la aplicación de medidas de resguardo, hasta que este mes se conoció la sentencia que declaró culpable al acusado.
La investigación, a cargo de la fiscalía encabezada por Companys, reunió pruebas que permitieron acreditar la culpabilidad del imputado en tres delitos diferentes: abuso sexual simple agravado, corrupción de menores y abuso sexual con acceso carnal. De acuerdo con el expediente judicial, dos de las víctimas sufrieron los ataques desde los seis hasta los 14 años, período durante el cual el condenado mantuvo contacto habitual con las menores.
Según informó el portal El Doce.tv, el proceso incluyó el testimonio de las niñas y de personas cercanas a ellas, así como informes psicológicos y de profesionales especializados en abuso infantil. Los peritajes fueron determinantes para reconstruir el impacto de los hechos en las víctimas y para sostener la acusación en instancia de juicio.
La Fiscalía fundamentó su pedido de pena en la gravedad de los delitos y en el daño causado a las menores, resaltando la persistencia del comportamiento abusivo durante varios años y el aprovechamiento del vínculo de confianza que tenía el acusado con las víctimas.

Los operativos de contención y seguimiento se sostuvieron durante el proceso, con el objetivo de brindar apoyo psicológico y social a las niñas y sus familias, tanto en el paso por la instancia judicial como en la etapa posterior a la sentencia condenatoria.
La Justicia de Villa María dictaminó ocho años de prisión para el acusado, fallo que se fundamenta en la aplicación de diferentes figuras penales previstas en el Código Penal argentino para la protección de niños, niñas y adolescentes.
Confirmaron la condena a 18 años de prisión para un hombre que abusó de su sobrina
A principios de julio, la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la sentencia de 18 años de prisión para Pablo Marcial Báez Maldonado, declarando su responsabilidad por reiterados delitos de abuso sexual agravado y gravemente ultrajante contra su sobrina menor de edad. El proceso judicial detalló que los abusos cometidos por el hombre ocurrieron en tres ubicaciones distintas: el departamento del acusado en la calle Luna al 1400, el almacén que administraba en la planta baja del mismo edificio y la propia vivienda de la víctima.
Según reconstruyó la Sala 1, gracias al abordaje médico, los peritajes psicológicos y el testimonio de la víctima en Cámara Gesell y durante el juicio oral, se verificaron más de 20 episodios de agresión ocurridos en un período de al menos cinco años. El fallo incluyó la especificación de los delitos: “abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y circunstancias de realización, reiterado en un número indeterminado de oportunidades -al menos cuatro-, en concurso real con abuso sexual agravado por el acceso carnal en grado de tentativa reiterado en al menos cuatro oportunidades, en concurso real con abuso sexual agravado por el acceso carnal reiterado en un número indeterminado de oportunidades, no inferior a diecisiete, todos agravados por tratarse el autor del encargado de la guarda de la víctima a la pena de Dieciocho Años de Prisión (...)”.
La investigación judicial estableció que los hechos tuvieron lugar entre 2017 y 2022, lapso en el que la menor tenía entre 9 y 14 años. Báez Maldonado ejercía la custodia de la niña junto a su esposa, tía materna de la víctima, mientras la madre de la menor trabajaba o viajaba a Paraguay. La denuncia inicial surgió cuando la madre, confiando en el cuidado del acusado, recurrió a la Oficina de Violencia Doméstica luego de tomar conocimiento de los episodios de abuso.
El voto rector emitido por Mauro Divito, acompañado por la adhesión de Gustavo Bruzzone y la abstención de Jorge Rimondi, validó el trabajo del Tribunal en lo Criminal y Correccional N° 10 que analizó el caso en primera instancia. De este modo, al rechazar los argumentos de la defensa, la Cámara sostuvo la condena, tal como la había dispuesto la instancia anterior.
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