
La Secretaría de Educación de la Nación aprobó una serie de cambios regulatorios en el Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (Progresar) mediante la Resolución 838/2025 que abarca desde nuevas condiciones para el acceso a las becas hasta la actualización de los criterios de evaluación socioeconómica de postulantes.
La resolución firmada por el secretario de Educación, Carlos Horacio Torrendell, redefine los requisitos para que instituciones privadas puedan sumarse de manera excepcional al Progresar en la línea de “Finalización de la Educación Obligatoria”. El texto señala que es una decisión que va en línea con el contexto actual, lo cual “hace necesario ampliar el monto dispuesto” en el artículo que refiere a dicho punto.
A partir de la modificación, la Secretaría podrá autorizar la incorporación de establecimientos privados que “emitan títulos oficiales; brinden un servicio gratuito o de contribución voluntaria de hasta el monto anual equivalente a DOS (2) veces el salario mínimo vital y móvil por todo concepto —es decir que no lo supere dicha base—, o estén localizadas en una zona donde no exista oferta estatal para ese nivel o modalidad".
Es una decisión que la Secretaría, bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano, tomó de “manera excepcional”, con el fin de asegurar el acceso y la permanencia de estudiantes en las instituciones educativas.
Por otro lado, la resolución ajusta el proceso de evaluación socioeconómica para la línea “Progresar Trabajo”, dirigida a personas que buscan capacitación en oficios o formación profesional, con el objetivo de favorecer su acceso al empleo. A partir de las modificaciones solo se considerarán “los ingresos del postulante que se registren en las bases de datos de dicho organismo, al momento de la inscripción”, dejando afuera de la evaluación los del grupo familiar. Este punto quedó redactado en el artículo segundo de la reciente publicación.
La base considerará ingresos únicamente la suma de remuneraciones de trabajadores en relación de dependencia registrados, rentas de autónomos y monotributistas, haberes de jubilación y pensión, prestaciones contributivas y no contributivas, excluyendo horas extras, asignaciones familiares por maternidad, plus por zona desfavorable y aguinaldo.
En este mismo párrafo señala “la excepción de que los estudiantes solicitantes sean titulares de una pensión no contributiva por invalidez otorgada en el marco del artículo 9° de la Ley N° 13.478″.
Estas medidas se suman a un segundo lanzamiento del programa y la apertura a las inscripciones a través de la Resolución 1149/2025, por parte de la cartera que dirige Sandra Pettovello.
Fechas de inscripción
La convocatoria tiene diferentes fechas que dependen del programa al que el usuario quiera acceder. Si la inscripción es para “Finalización de la educación obligatoria”, deberán anotarse a partir de este lunes, 4 de agosto, y tendrán tiempo hasta el 1 de septiembre. En cambio, si el interés es por las líneas “Fomento de la educación superior” y “Progresar Enfermería”, la convocatoria estará abierta del 18 de agosto al 5 de septiembre.
La nueva convocatoria responde a la normativa vigente y a las modalidades establecidas dentro del reglamento general del programa, que prevé al menos dos instancias de inscripción anuales para garantizar mayor acceso y acompañamiento tanto a jóvenes que buscan concluir la educación obligatoria como a quienes buscan profesionalizarse en el ámbito superior o en carreras vinculadas a la salud. El fin es ampliar el alcance del programa, promoviendo la continuidad y finalización de los estudios en los niveles obligatorio y superior, así como la formación en enfermería, una de las áreas prioritarias en materia educativa y sanitaria.
El 9 de abril de este año tuvo lugar la apertura del programa dirigido especialmente a quienes estén en situación de vulnerabilidad económica. El monto percibido desde entonces es de $35.000 mensuales.
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