Corría picadas, causó dos muertes y deberá indemnizar con $400 millones a la familia de una de las víctimas

Francisco Catalano ya había sido sentenciado a 3 años y 8 meses de prisión por homicidio culposo agravado. El juez civil y comercial comparó las carreras callejeras con la ruleta rusa. La insólita respuesta del condenado al reclamo de la madre de la joven que falleció

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El Volkswagen Vento que chocó
El Volkswagen Vento que chocó mientras corrían picadas en Córdoba (Fotos: ElDoce.TV)

La Justicia Civil y Comercial de la provincia de Córdoba condenó a Federico Catalano, el hombre que en 2019 chocó mientras corría una picada y causó la muerte de dos personas que viajaban junto a él, al pago de una indemnización millonaria: 400.000.000 de pesos es el monto que deberá destinar para reparar los daños causados a la familia de María Constanzo, una de las víctimas.

El fallo fue firmado el miércoles 18 de diciembre por el juez Héctor Daniel Suárez, a cargo del Juzgado Civil y Comercial de 45° Nominación de la ciudad de Córdoba.

En el documento, al que accedió Infobae, el magistrado hizo un contundente llamado a la reflexión sobre las consecuencias de los siniestros viales, y le ordenó al Municipio de la capital provincial y a la Policía de Córdoba que refuercen los controles de tránsito en los horarios y zonas calientes.

La tragedia en cuestión ocurrió en la madrugada del 3 de febrero de 2019, en el Camino Intercountry, que conecta a los barrios privados ubicados a las afueras del centro cordobés. Catalano salió a bailar con su Volkswagen Vento, junto a Federico Cariola, Mateo Feijoo, Camila Suarez y María Constanzo al boliche Arango, en Villa Warcalde. A la salida, el conductor posicionó su vehículo a la par de un Peugeot 208 GTI que manejaba Álvaro Manuel Sánchez Pulgar. Después de una breve conversación, ambos salieron a toda velocidad.

Las cámaras de seguridad de los countries permitieron reconstruir la secuencia, y dejaron filmada prácticamente toda la carrera entre los autos. Duró alrededor de tres minutos. Los sobrevivientes declararían más tarde que el Vento de Catalano alcanzó los 140 km/h, cuando la velocidad máxima en esa avenida es de 60 km/h.

Exactamente a las 7:14, el conductor mordió la banquina a la altura del barrio Lomas de La Carolina y perdió el control del auto. Volcó del lado del acompañante y mientras daba tumbos salieron despedidos del coche Federico Cariola (22) y María Constanzo (19). Ambos perdieron la vida en el acto, mientras que el resto sufrió lesiones de diversa consideración.

Catalano y Sánchez Pulgar fueron detenidos y reconocieron la responsabilidad de sus actos en el juicio abreviado, donde en 2020 se los condenó a 3 años y 8 meses y 3 años y 2 meses de cárcel, respectivamente, por homicidio culposo agravado. También quedaron inhabilitados para conducir por cinco años.

Según la Justicia cordobesa, a poco de haber sido liberado con condicional, Catalano fue protagonista de otra carrera ilegal, en marzo de 2019, y él mismo compartió imágenes del evento en sus redes sociales. “Me atrevo a sostener que no existe ninguna seguridad de que cuando recupere su licencia de conducir no vuelva a reincidir en la conducta ilegal”, vaticinó el juez Héctor Daniel Suárez en su fallo.

Una vez resuelta la cuestión penal, empezó el litigio por la responsabilidad civil de los velocistas. El padre, la madre y los tres hermanos de María Constanzo iniciaron una acción para que ambos conductores los reparen económicamente a cada uno de ellos, por separado. La demanda avanzó solamente contra el principal responsable de la tragedia.

El grueso de la indemnización que deberá pagar Catalano es por la “pérdida de chance de ayuda futura”, es decir el perjuicio que sufrieron los padres al perder una hija que pudiera asistirlos durante su vejez.

Entre los demás tópicos, según figura en la resolución del juez Suárez, están: daño moral, incapacidad sobreviniente, gastos terapéuticos pasados y futuros, honorarios de abogados y peritos, más los intereses en cada uno de estos puntos, que actualizados por inflación superarán los 400 millones de pesos al momento de abonarse. Eso ocurrirá dentro del plazo de diez días, una vez que quede firme la sentencia.

“Cuantificar el daño moral de una madre por la muerte violenta de un hijo es una tarea muy difícil. Fijar precio al dolor, al menos para este Juez aparece, como mínimo, irrespetuoso. ¿Cuánto vale la vida de un hijo? ¿Acaso tiene precio? Claro que no. No obstante ello, por el momento en nuestra legislación no se conoce otra manera de reparar el dolor, el daño moral, que no sea a través de la compensación en dinero que al menos lo aminore“, argumentó el magistrado en el fallo.

En la zona del siniestro
En la zona del siniestro trágico intervino la Policía de Córdoba

Ante el planteo de la familia, el conductor del Volkswagen se defendió culpando a la víctima. Dijo que habría sobrevivido si se hubiera puesto el cinturón de seguridad.

La Justicia desestimó su postura con dos argumentos: no existen pruebas de que María Constanzo no se haya colocado el cinto, y aunque ese hubiera sido el caso, quien resulta ser el responsable de la supuesta inobservancia es el propio conductor.

“Quien conduce un vehículo, al igual que el capitán del barco, debe velar por la seguridad de los pasajeros y/o acompañantes y en cumplimiento de un claro mandato legal, no trasladar personas si no utilizan los cinturones de seguridad”, concluyó el juez.

Al mismo tiempo, para el titular del Juzgado Civil y Comercial 45 “la incertidumbre de regreso al hogar sano y salvo, tal y como está en la actualidad el tránsito urbano, puede ser equiparado al nefasto juego de la ruleta rusa”, porque “son tantas las infracciones a las reglas de tránsito que tarde o temprano, a un conocido, amigo, familiar, o uno mismo se encontrará con la bala en la recámara”.

En base a un informe de la ONG Luchemos por la Vida que advierte que cada mes mueren en promedio 150 personas en siniestros viales, el juez resaltó: “¿Qué pasaría si en las noticias viéramos que todos los meses se cae un avión y fallecen 150 personas? Realmente, esa estadística resultaría devastadora. Sin embargo, cuando se trata de accidentes de tránsito, pasa desapercibida, la sociedad parece no notarlo y, excepto que se trate de un caso cercano, es una estadística más, una muerte más como cualquier otra a la que lamentablemente ya nos hemos acostumbrado”.

La insólita defensa

La mamá de María Constanzo, Andrea Sabbatini, desarrolló en su reclamo las consecuencias que había tenido para ella la muerte de su hija. Además de declarar que entró en depresión y tuvo que cerrar su comercio, también brindó algo de contexto alrededor de la víctima: contó que era jugador de hockey, que estaba estudiando para ser diseñadora de moda e indumentaria, con un promedio de 9.4, entre otros aspectos de su vida.

La respuesta de Federico Catalano se asemejó más a una burla que a una defensa seria. Como si el reclamo de la madre hubiera sido entregado a una inteligencia artificial a la que se le ordenó “rechazar todas las afirmaciones que incluye este documento”, el conductor condenado negó todo lo que había planteado Andrea Sabbatini -algo que no hizo cuando contestó los requerimientos de padre y hermanos-, desde el más mínimo detalle hasta el más relevante.

“Niego enfáticamente que el día 03 de enero del año 2019 haya tenido un accidente mientras circulaba con mi vehículo marca Volkswagen. Niego haber desarrollado una carrera con el Sr. Sánchez Pulgar. Niego haber perdido el control de mi vehículo, por lo que niego haber colisionado contra un poste de madera que estaría en el lugar”, empezó la réplica de Catalano.

Y siguió: “Niego y rechazo que María haya tenido 19 años al momento del accidente denunciado, que haya sido jugadora profesional del Club El Tala. Además, niego que haya terminado sus estudios. Puntualmente, niego que haya sido alumna de la Universidad de Morón – Instituto Superior de Diseño y Arte. Niego que haya tenido promedio de 9.40″. También “negó” que Andrea Sabbatini tuviera 52 años al momento del accidente.

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