La ANMAT prohibió la venta de productos médicos robados y una serie de medicamentos

Las disposiciones fueron publicadas este jueves en el Boletín Oficial

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La ANMAT prohibió la venta
La ANMAT prohibió la venta de diferentes medicamentos

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este jueves a través de su publicación en el Boletín Oficial, productos médicos robados y una serie de medicamentos.

La Disposición 9200/2021 establece la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los productos de la firma MEDTRONIC LATIN AMERICA INC identificados como: “Consola IPC (equipo otorrinolaringología) Serie N° ENTC84719 y Pedalera multifunción (control a pedal) Serie N° FS-U13960″.

En su considerando explica que las actuaciones se iniciaron en virtud de que la firma MEDTRONIC LATIN AMERICA INC informó que sufrieron el robo de los productos de su titularidad ante la policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Señala que la firma se encuentra habilitada ante esta Administración Nacional como empresa importadora y que los elementos denunciados poseen identificación unívoca mediante un número de serie y se encuentran inscriptos en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica.

Es por eso que se determinó que a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados recomendó la prohibición de su venta, uso y distribución en todo el territorio nacional.

Por su parte, la Disposición 9213/2021 fijó la prohibición del “uso, la distribución y la comercialización” de todos los lotes y presentaciones de los productos que se detallan a continuación hasta tanto obtengan la autorización correspondiente: ‘APIRON’ 10ML (DIPIRONA 500 MG); LABORATORIOS INDUFAR; ‘RHEUMAZIN FORTE’ DE 20 COMPRIMIDOS (PIROXICAM 10MG); LASCA; ‘AZOEL’ 30 ML (MEBENDAZOL 100MG/5ML) LOTE 2.003.357; VTO: 11/2024; P: 15.295. LASCA; ‘Z-CALM 1000″ (DIPIRONA 500 MG ANALGESICO).

Por otro lado, se avanzó de manera similar con todos los lotes de los medicamentos y/o especialidades medicinales que declaren ser elaborados por la firma LABORATORIOS INDUFAR C.I.S.A., calle Anahí e/Zaavedra y Bella Vista - Zona Norte Fndo de la Mora- Paraguay, por no encontrarse la firma debidamente registrada ante ANMAT.

Lo mismo dispuso frente a todos los lotes de los medicamentos y/o especialidades medicinales que declaren ser elaborados por LABORATORIOS LASCA de VICENTE SCARVONE & CIA S.A.E. km 9,5 Ruta Mcal. Estigarribia. San Lorenzo- Paraguay, por tampoco encontrarse registrados.

En el considerando señala que las actuaciones se iniciaron por un operativo judicial donde la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo para la Salud realizó una pericia de autenticidad de los medicamentos y que para ello realizó varias gestiones tendientes a verificar tanto la habilitación por ante esta autoridad de contralor de los laboratorios titulares de los productos detallados en los rótulos como su inscripción registral.

Así se logró verificar que los productos son medicamentos sin registro ante la autoridad sanitaria en el país respecto de los cuales se desconoce su procedencia, condiciones de elaboración y que por lo tanto representa riesgo para la salud de los potenciales pacientes a los cuales se les pudiera administrar.

En conclusión, sugirió prohibir el uso, la distribución y la comercialización en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones de los productos detallados hasta tanto obtengan la autorización correspondiente y prohibir todo medicamentos y/o especialidades medicinales que declaren ser elaborados por la firma LABORATORIOS INDUFAR C.I.S.A. y LABORATORIOS LASCA de VICENTE SCARVONE & CIA S.A.E.

Finalmente, la Disposición 9237/2021 determinó la prohibición de medicamentos y especialidades medicinales fuera del ámbito de la provincia de Buenos Aires de la firma “DROGUERÍA BAIRES FARMACÉUTICA SRL”, con domicilio en la calle 26 de Abril Nº 4430 de la localidad de Ituzaingó, provincia de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional y le instruye sumario a la droguería.

En su considerando señala que las actuaciones comenzaron ante la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud, “a fin de poner en conocimiento todo lo actuado con relación a DROGUERÍA BAIRES FARMACÉUTICA SRL”.

Luego de ello, fiscalizadores de esa Dirección se presentaron en la firma y observaron documentación comercial emitida por el establecimiento.

La Dirección determinó que la droguería no se encontraba al momento de la comercialización referida (ni se encuentra actualmente) habilitada por esta Administración para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos.

Es por ello que elevó las presentes actuaciones y sugirió la prosecución del trámite a fin de prohibir la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales fuera del ámbito provincial a la firma hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación.

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