
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires otorgó una alternativa a los contribuyentes con la aprobación de dos leyes que modifican la forma en que los vecinos podrán regularizar sus deudas tributarias. La votación, que fue impulsada por el Jefe de Gobierno, Jorge Macri, acompañó de forma unánime la iniciativa de implementar nuevas condiciones para el pago de tributos atrasados y la reducción de los honorarios que deben abonar a los mandatarios designados para la gestión judicial de morosidades.
A partir de la entrada en vigor de este plan, quienes tengan deudas con la administración porteña dispondrán de facilidades de pago, quitas de intereses y punitorios, con un esquema que incluye reducciones de hasta el 100% según el momento en que los deudores decidan adherirse a la propuesta. Así, la administración local busca incentivar la regularización voluntaria y ofrecer opciones proporcionalmente más benignas a quienes se sumen de manera anticipada, en un contexto marcado por la inflación y las dificultades económicas que enfrentan numerosas familias y pequeños comercios de la capital.
La iniciativa abarca una variedad extensa de tributos, entre los que se encuentran el impuesto Inmobiliario/ABL, Patentes, Ingresos Brutos, Sellos y Publicidad, entre otros. Desde la sede legislativa consideraron que la moratoria constituirá una herramienta relevante para mejorar la recaudación fiscal y, en simultáneo, evitar situaciones de litigio que habitualmente suman costos tanto para los vecinos como para el Estado.
El plan de facilidades aprobado permitirá la inclusión de deudas vencidas hasta el 31 de agosto de 2025. Los contribuyentes podrán acogerse a planes con hasta 48 cuotas y beneficiarse de importantes reducciones en recargos e intereses. La magnitud de estas quitas estará sujeta a la fecha de ingreso de los solicitantes: quienes adhieran en primera instancia se verán favorecidos con los mayores porcentajes de condonación, mientras quienes opten por ingresar en etapas ulteriores tendrán beneficios menores, aunque igualmente sustanciales en relación con el régimen que regía hasta ahora.
Las ventajas no están reservadas únicamente para las deudas administrativas. El tratamiento especial se aplicará también a obligaciones impositivas que se encuentren en instancia judicial, permitiendo suspender los plazos procesales y la prescripción penal asociada a dichos procesos, según lo establece el texto sancionado. En aquellas situaciones donde el contribuyente cancele su deuda de forma integral, ya sea en un solo pago o a través de la totalidad del plan de cuotas, la norma prevé la extinción de toda acción judicial asociada al reclamo, cerrando así los expedientes afectados.

En simultáneo, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires avanzó en el abordaje de uno de los aspectos más discutidos del proceso de cobro judicial: el costo de los honorarios de los mandatarios designados para reclamar las deudas, un punto que había generado controversias por montos considerados desproporcionados en relación con el valor original de la obligación impaga. El proyecto, presentado por Jorge Macri como parte de sus compromisos de campaña, aborda específicamente esta problemática, introduciendo límites claros y un sistema de proporción entre el monto a regularizar y el costo de la gestión judicial.
La información suministrada por las autoridades locales indica que, hasta este cambio legislativo, casos de honorarios que superaban holgadamente el importe original de la deuda eran habituales. Como ejemplo, se reportaron situaciones en las que vecinos afrontaban aranceles de más de $248.000 por regularizar deudas de $50.000, una relación que las nuevas normativas vienen a corregir. La ley aprobada prevé la actualización de los valores judicializados, un ajuste a los mínimos que pueden ingresar en el circuito de gestión de los mandatarios, además de la introducción de una fórmula revisada para la determinación de sus emolumentos.
Desde ahora, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) será responsable de gestionar los procesos de cobro para aquellas deudas menores a $869.785, concentrando el trabajo de los mandatarios jurídicos únicamente en los expedientes de mayor relevancia fiscal. Además, los honorarios a percibir quedarán sujetos a topes vinculados con el importe original, poniendo fin a la distorsión que llevaba a cargos desmedidos en casos de morosidad reducida.
La normativa también contempla otras aristas como la suspensión de litigios para quienes adhieran al plan en etapa judicial y la implementación de facilidades adicionales en la liquidación de intereses para morosos crónicos o deudas acumuladas por prolongados períodos. Asimismo, define nuevos criterios para la apertura de juicios ejecutivos, evitando iniciar instancias judiciales para montos considerados ínfimos dentro del contexto financiero actual de la Ciudad.
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