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Fotografía: Adrián Escandar
Fotografía: Adrián Escandar

La reciente decisión judicial que impide a los medios de comunicación difundir audios presuntamente grabados en la Casa de Gobierno de la Nación y atribuidos a la Secretaria General de la presidencia ha reavivado el debate sobre los límites a la libertad de prensa en Argentina. Para la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), este tipo de medidas estatales representan una restricción ilegítima a los derechos fundamentales de expresión y acceso a la información, especialmente cuando involucran a funcionarios públicos o hechos de interés institucional.

Desde hace tiempo, ADEPA sostiene una postura firme contra cualquier decisión de funcionarios públicos que ordene no difundir información, subrayando que la transparencia resulta esencial en asuntos que afectan a la administración pública y a la vida institucional del país. La organización considera que la reciente sentencia de la justicia en lo Civil y Comercial Federal constituye un nuevo caso de órdenes estatales que, en su opinión, limitan de modo ilegítimo las libertades de expresión y de prensa.

En el plano internacional, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que, salvo en situaciones que involucren la protección de la infancia y la adolescencia, toda medida preventiva que restrinja la circulación de información implica un menoscabo de la libertad de pensamiento y de expresión. Este criterio refuerza la posición de ADEPA, que advierte sobre los riesgos de las prohibiciones previas a la publicación de información.

La organización periodística remarca que la publicación de informaciones puede dar lugar a responsabilidades ulteriores, y que el gobierno dispone de herramientas legales para investigar y sancionar delitos relacionados con la grabación de los audios, así como para aplicar sanciones a cualquier funcionario que haya incumplido sus deberes de secreto. No obstante, ADEPA enfatiza que las prohibiciones preventivas resultan incompatibles con el artículo 14 de la Constitución Nacional, ya que afectan el derecho de la ciudadanía a informarse y a conocer hechos de relevancia pública, los cuales pueden influir —o no— en la formación de la opinión pública.

El comunicado completo

La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) ha rechazado de modo constante, todas aquellas decisiones de funcionarios públicos por las cuales se ordene no difundir información. En especial cuando se trata de información relativa a funcionarios públicos o a hechos de interés o relevancia institucional.

La reciente sentencia de la justicia en lo Civil y Comercial Federal por la cual se prohíbe a todos los medios de comunicación la difusión de audios presuntamente grabados en la Casa de Gobierno de la Nación atribuidos a la Secretaria General de la presidencia, es un nuevo ejemplo de esas órdenes estatales que limitan de modo ilegítimo las libertades de expresión y de prensa.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene resuelto que, con la sola excepción de la protección de la infancia y la adolescencia, cualquier medida preventiva que limite la circulación de información constituye un menoscabo de la libertad de pensamiento y de expresión.

La publicación de informaciones solo puede dar lugar a responsabilidades ulteriores y el gobierno puede promover la investigación y sanción de los delitos que puedan haber dado lugar a la grabación de los audios, del mismo modo que puede procurar la sanción de cualquier funcionario que haya violado sus deberes de secreto.

Las prohibiciones preventivas, en cambio, son contrarias al artículo 14 de la Constitución Nacional y afectan el derecho de la ciudadanía a informarse y conocer hechos de relevancia pública que pueden -o no- influir en la formación de la opinión pública.

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