La oposición en el Senado tiene listo un proyecto de ley para limitar los DNU de Javier Milei

Buscan modificar la ley de Decretos, endureciendo los requisitos y plazos para su aprobación y restringiendo el margen de acción del Ejecutivo

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El Senado se prepara para
El Senado se prepara para modificar la ley de DNU

Los bloques de la oposición en el Senado de la Nación avanzan, sin prisa, pero sin pausa, en un proyecto de ley que tiene como objetivo restringir lo que entienden es la principal estrategia de la administración nacional de La Libertad Avanza para gobernar con un Parlamento en minoría y que cada vez la asesta más golpes.

El jueves pasado, mientras los senadores entraban en el recinto para luego rechazar cuatro decretos delegados y un DNU y aprobar la ley de emergencia en Pediatría -Garrahan- y los presupuestos universitarios; circulaba entre legisladores el dictamen con las firmas de lo que será el proyecto de ley que busca modificar la ley de Decretos de Necesidad y Urgencia.

El proyecto, impulsado por la senadora cordobesa Alejandra Vigo, y que cuenta con el acompañamiento de varios legisladores de diferentes bloques, propone de alguna manera la vuelta al modelo de rechazo que tenía el Congreso previo a la modificación que impulsó Cristina Kirchner en su última presidencia.

La senadora Alejandra Vigo, esposa
La senadora Alejandra Vigo, esposa del ex gobernador Schiaretti, es la impulsora del proyecto

“Ya tiene las firmas, pero todavía no entró por Mesa de Entradas”, explicó una fuente parlamentaria. “Lo impulsa Vigo, ella lo va a presentar”, agregó la misma persona

El proyecto tiene 6 artículos con dos de forma. El primero de los artículos establece la incorporación del “artículo 1 bis” a la Ley 26.122, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Los decretos mencionados en el artículo 1 deberán versar sobre una única materia a fin de que sean tratados individualmente por el Congreso de la Nación. Si la situación invocada requiriera el dictado de normas en más de una materia, cada una de ellas deberá ser objeto de un decreto individual”.

Asimismo, establece plazos ya que los DNU pasarían a tener un plazo de 90 días para ser aprobados sin excepción por Diputados y el Senado. En la actualidad, si ambas Cámaras no lo rechazan -sin registro de tiempo-, los mismos siguen en curso. Un ejemplo de esto es el DNU 70/2023, el pilar de lo que después fue la Ley Bases.

Pero el punto que quizás más puede incomodar al oficialismo es que el despacho incorpora que ante la votación negativa de un solo Cuerpo, también caerían. Hoy hace falta el rechazo de ambas cámaras para que dejen de tener validez. Un ejemplo de esta situación es el mismo DNU 70 que fue rechazado por el Senado, pero en Diputados aún no fue tratado.

En la oposición entienden que el peor escenario a partir de diciembre es que LLA obtenga en las próximas elecciones la cantidad de diputados necesarios para tener un tercio de la Cámara Baja -no alcanza la mayoría propia aunque obtenga la misma cantidad de votos que en las elecciones presidenciales-. Si llega a ese número se abre la puerta para que Javier Milei pueda saltearse el Congreso vía DNU y, con un tercio de diputados propios, poder bloquear el rechazo de la oposición en Diputados y con eso asegurar la viabilidad del documento presidencial.

El presidente de la Nación,
El presidente de la Nación, Javier Milei, firmó 57 DNU y sufrió el rechazo de dos de ellos

“Con un Parlamento en modo opositor, Milei nos va a llenar de Decretos. Esta es la única forma de poder ponerle un freno y que no se pueda saltear el Congreso“, expresó un senador.

Una eventual aprobación del proyecto de ley que modifica la normativa sobre los decretos -algo que parece probable teniendo en cuenta que el dictamen tienen tiene firmas de todos los bloques salvo de LLA- será girada a Diputados. Suponiendo que la oposición mantenga la racha ganadora y en la Cámara Baja sigan la misma línea que en la Cámara Alta, el Ejecutivo aplicará nuevamente la herramienta del veto.

En este escenario, la oposición debería lograr la insistencia de la ley antes del 10 de diciembre, momento en que se modifique la representación en el Congreso de la Nación.

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