Implementaron cambios en el proceso de acceso a la información pública con un programa para fortalecer la protección de datos

A su vez, el Gobierno publicó en Boletín Oficial la puesta en marcha de un nuevo sistema para el seguimiento de solicitudes de información

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Beatriz de Anchorena, titular de
Beatriz de Anchorena, titular de la Agencia de Acceso a la Información Pública

La Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) emitió en las primeras horas de este lunes una serie de cambios que buscan resguardar los datos correspondientes a los organismos públicos. Lo hizo a través de dos resoluciones firmadas por la directora del organismo, Beatriz de Anchorena.

Por un lado, el Gobierno lanzó un Programa de Fortalecimiento de Protección de Datos Personales en la Administración Pública Nacional. Dicha implementación se oficializó en la Resolución 145/2025, por recomendación de la Dirección Nacional encargada de dicho proceso, tras haber identificado la necesidad de un marco estratégico y operativo ante las consultas de diversos organismos nacionales en relación con el manejo correcto y seguro de los datos.

De acuerdo con los argumentos establecidos, la Administración Pública Nacional maneja una gran variedad de información personal de los ciudadanos. Por esa razón, la AAIP consideró fundamental que los organismos estatales adopten mejores prácticas para asegurar el cumplimiento de las normas y ofrecer garantías de privacidad. “Como custodio de una amplia variedad de información personal perteneciente a la ciudadanía, tiene la responsabilidad de garantizar su privacidad para preservar los derechos de las personas y la confianza pública”, sostuvo el organismo sobre las obligaciones de la Administración Pública.

Además, insistieron en el “vertiginoso avance de la innovación, las transformaciones tecnológicas y las nuevas formas y volúmenes de datos tratados” los cuales plantean retos “que demandan de planificación estratégica, desarrollo de capacidades y gestión por parte del Estado Nacional”.

Los lineamientos ya habían sido planteados en el Plan Estratégico 2022 - 2026 adoptado por la Agencia, en donde describían los “objetivos estratégicos”. Entre los mismos se encontraba “promover y fortalecer el ejercicio de los derechos ciudadanos en materia de protección de datos personales y acceso a la información pública, previéndose como uno de los resultados esperados, en relación con dicho objetivo, la formulación e implementación” del mencionado programa.

El programa establece acciones orientadas a la modernización y el desarrollo de capacidades estatales en la materia, de forma coordinada con las áreas responsables de cada organismo. Entre los objetivos principales, se busca capacitar a los agentes públicos, fortalecer la planificación estratégica y asegurar que las políticas públicas respeten los derechos ciudadanos.

Asimismo, la AAIP instruyó a la Dirección a ejecutar y monitorear la implementación del plan, incluyendo la elaboración de mecanismos adecuados de seguimiento y evaluación de resultados.

Como parte de la simplificación normativa, la resolución también derogó la Disposición N° 7/2008, emitida por el entonces Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, con el argumento de que corresponde actualizar y centralizar la regulación bajo los nuevos estándares de la AAIP.

Paralelamente, el Poder Ejecutivo confirmó la implementación de un nuevo Sistema para el Seguimiento de Solicitudes de la Información. La medida es obligatoria a nivel nacional para todos los sujetos alcanzados por la Ley 27.275, desde el primer día del mes de septiembre del corriente año.

Según indica la Resolución 148/2025, alcanza a organismos del ámbito nacional, incluidas dependencias estatales, universidades públicas, sociedades y empresas del Estado, y abarca tanto a entidades que utilizan el Sistema de Gestión Documental Electrónica como aquellas fuera de esa plataforma.

La AAIP definió que el reemplazo será paulatino pero definitivo: hasta julio de 2025 regirán los informes y procedimientos previos y, a partir de la fecha establecida, el uso del sistema será requisito excluyente para la gestión de todas las solicitudes de acceso a la información pública. En este sentido, explica: “Resulta conveniente derogar a partir del 1° de septiembre de 2025 la Resolución de la AAIP N° 143/22 y la Disposición de la Dirección Nacional de Políticas de Acceso a la Información Pública Nº 2/23, siendo obligatorio la entrega de los informes previstos por el artículo 31 inciso g) correspondientes hasta el mes de julio de 2025 inclusive”.

Este avance busca responder las exigencias de la autoridad de aplicación respecto de proveer un sistema tecnológico único para la tramitación y respuesta de solicitudes, coordinar el trabajo de los responsables de acceso en cada organismo y publicar periódicamente datos estadísticos y listados de información frecuentemente solicitada. El sistema permitirá que cada solicitud pueda ser seguida paso a paso tanto por el organismo a cargo como por su destinatario, incrementando la trazabilidad y la fiscalización del proceso.

Adicionalmente, con el objetivo de facilitar la futura implementación, “se brindaron instancias de capacitación a sujetos obligados, representados por sus Responsables de Acceso a la Información, y se elaboraron materiales de apoyo”.

En tanto, desde el 1 de enero del próximo año, la Agencia encargada de la transparencia en la gestión pública estableció que omitir la gestión de solicitudes a través del nuevo sistema será considerado una infracción contemplada en la ley y estará sujeta a los procedimientos sancionatorios previstos en resoluciones y demás normas aplicables.

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