Un juez rechazó dar de baja la pagina sobre la Policía de la Ciudad creada por Ofelia Fernández

Florencia Arietto había denunciado que el sitio reemplazaba los canales oficiales

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El juez en lo penal, contravencional y de faltas de la ciudad de Buenos Aires Pablo Casas rechazó hoy un pedido para dar de baja a la página web “Mapa de la policía de la ciudad de Buenos Aires. Red de cuidados contra la violencia policial” tras una denuncia en la que se señaló que el sitio reemplazaba como lugar de denuncias a las autoridades oficiales.

Se trata de un mapa (www.mapadelapolicia.com) que creó en julio pasado la legisladora porteña del Frente de Todos Ofelia Fernández junto a organizaciones civiles como el CELS y la Asociación Contra la Violencia Institucional (ACVI) en la que los ciudadanos pueden ingresar para informar en qué barrios de la ciudad fueron víctimas o testigos de algún delito o abuso por parte de oficiales de la policía de la ciudad. También da información sobre leyes y los contactos con las comisarías y dependencias de la policía.

La dirigente del PRO María Florencia Arietto denunció a Fernández por abuso de autoridad. Sostuvo que la legisladora creó un canal para recibir denuncias contra la policía cuando esa función corresponde a las autoridades de la ciudad y que para eso hay otras vías, como la justicia y las comisarías y específicamente la Oficina de Transparencia y Control Externo de la Policía de la Ciudad que tiene esa función.

La causa quedó a cargo de la fiscal Celsa Ramírez que pidió que se de de baja al sitio web. “Deviene necesario adoptar los mecanismos para hacer cesar los efectos del delito por medio del bloqueo del acceso de la página web”, sostuvo la fiscal.

Fernández, a través de su abogada María del Carmen Verdú, se presentó en la causa y pidió que se rechace el dictamen de la fiscal. Verdú sostuvo que el sitio web no recibe denuncias y que incluso en su pestaña “denuncia” se aclara que “el objetivo de este registro es visibilizar el abuso policial, para fortalecer las redes de cuidado ciudadano”, que eso “no implica automáticamente ninguna presentación institucional” y que desde el sitio se puede informar cómo hacer una denuncia.

“Ojalá la justicia no considere válida esta maniobra desesperada que le teme a la transparencia de las fuerzas de seguridad. Quieren dejarme claro que con algunos temas no vale meterse… pero vale. Defendamos la herramienta”, publicó el martes Fernández en su cuenta de la red social Twitter.

El mapa de la policía
El mapa de la policía que generó la disputa judicial

El juez Casas resolvió hoy el pedido y lo rechazó. “Luego de haber revisado minuciosamente el contenido de la página, considero que carece de sustento el señalamiento realizado en la denuncia, en cuanto a que la iniciativa plasmada en el ´Mapa de la Policía´ implique la implementación de un canal de recepción de denuncias”, sostuvo el magistrado en su resolución a la que accedió Infobae de la base de datos del juzgado 10 donde se publican todas las sentencias.

Casas entendió que “la iniciativa no está orientada a desplazar la actuación de los organismos judiciales que detentan la competencia constitucional para investigar y juzgar presuntos delitos y/o contravenciones cometidas por funcionarios/as policiales, ni tampoco a sustituir la actuación de los organismos administrativos que han sido normativamente instituidos para sustanciar actuaciones administrativas respecto de los/as funcionarios/as policiales denunciados/as”.

Tampoco el mapa “tiene idoneidad para generar confusión en la ciudadanía en relación a cuáles son los canales de denuncia institucionales vigentes, ni desinformar al ciudadano con información falsa y/o errónea” porque “la propia página redirecciona a los/as usuarios/as a los sitios web y físicos pertinentes -concentrando en un único sitio datos e información pública que se encuentra dispersa en distintas páginas oficiales-, e incluso ofrece canales de asistencia y acompañamiento para la formulación de las denuncias legales, a la par de que ofrece una herramienta orientada simplemente a visibilizar hechos de violencia institucional”.

Florencia Arietto, denunciante del caso
Florencia Arietto, denunciante del caso

En uno de los párrafos más duros de la resolución de 21 páginas, Casas dijo que “si alguna confusión pudiera caberle a la ciudadanía en general -extensible incluso a muchos profesionales del derecho- en relación a qué tribunales u organismos están llamados a juzgar y/o investigar determinada clase de delitos, y consecuentemente, ante quién correspondería realizar una determinada denuncia, la responsabilidad por ese estado de cosas sería atribuible a las autoridades públicas que tienen una deuda con la autonomía de la Ciudad hace casi 28 años, antes que a una legisladora de la Ciudad que tiene 22 años, o a las organizaciones y asociaciones de derechos humanos con las que milita”.

El juez también resaltó el derecho al acceso a la información pública que está establecido en la Constitución Nacional. Además resaltó que a su criterio no hay en el caso abuso de autoridad de parte de la legisladora porque “es necesario que la persona señalada como autor/a revista la especial condición de funcionario/a público/a, y que además actúe en el ejercicio de ese rol, realizando los actos funcionales de dictar o ejecutar una resolución o una orden contrarios a las constituciones o a las leyes, o bien, mediante la omisión de ejecutarlas”, lo que no se da en este caso porque la iniciativa fue a título personal y no como legisladora.

“Tampoco cabría entender a los hechos dentro de ninguna otra figura penal, en tanto la iniciativa se inscribe dentro del ejercicio legítimo del derecho de la ciudadanía de participar en todos los asuntos de interés público : en el caso, a través de la sistematización de información pública relativa al funcionamiento de la Policía de la Ciudad, con el objetivo de ejercer un control ciudadano sobre hechos de violencia institucional, sobre la actividad policial y, del mismo modo, sobre la respuesta institucional en relación a esta clase de hechos”, concluyó el magistrado.

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