
El líder de la organización terrorista Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), Víctor Polay Campos, seguirá procesado por asesinato en el denominado caso Las Gardenias. Esto luego de que el juez de investigación preparatoria nacional Fernando Váldez inaplicó la Ley 32107 que prescribe delitos de lesa humanidad, norma recientemente validada por el Tribunal Constitucional.
Polay Campos y otros cabecillas del MRTA invocaron la Ley 32107, así como la sentencia del TC que la valida, para que el Poder Judicial declare prescrito el caso por el paso de los años.
Sin embargo, en su resolución, el juez Váldez, si bien reconoce que el Nuevo Código Procesal Constitucional establece que los jueces no pueden dejar de inaplicar leyes cuya constitucionalidad ha sido confirmada por el TC, existe una excepción a tal regla.

Dicha excepción, reconocida por el máximo intérprete en diversos fallos, es cuando la aplicación de una norma validada por el TC "en un caso dado y bajo circunstancias concretas, podría resultar inconstitucional”.
El juez Fernando Váldez también consigna en su resolución que incluso el actual Tribunal Constitucional ha inaplicado una ley que no alcanzó los cinco votos conformes para ser declarada inconstitucional.
“Cabe reiterar que no se trata de cualquier organización, sino de una organización terrorista responsable de la comisión de delitos de extrema gravedad, y que los procesados ostentaron la condición de líderes y mandos intermedios que diseñaron y ejecutaron la política criminal del MRTA”, se lee.
Por ello, el juez Váldez sostiene que la inaplicación de la Ley 32107 es idónea porque solo así el proceso pase a juicio oral, donde “existe una elevada probabilidad de condena”. También considera que es necesaria porque, de lo contrario, nunca se esclarecería el asesinato de once personas por parte del MRTA.
Finalmente, afirma que la inaplicación es proporcional toda vez que prevalecen el “derecho de los familiares de las víctimas a conocer la verdad, el deber del Estado de investigar y sancionar graves violaciones a los derechos humanos” que fueron calificados como delitos de lesa humanidad.

El caso Las Gardenias
En el proceso seguido contra los líderes y miembros del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), se imputan 4 hechos ocurridos entre 1989 y 1992 en la ciudad de Tarapoto, San Martín, bajo la política de “limpieza social” y “hombre nuevo”.
El primer hecho, ocurrido el 31 de mayo de 1989, consistió en la ejecución de 8 personas retiradas por la fuerza del bar “Las Gardenias” por un grupo armado dirigido por el terrorista Lino Manrique Luya. El segundo hecho, el 30 de septiembre de 1990, fue el secuestro y asesinato de Luis Alberto Pinche Vásquez, conocido como “Fransua”, quien era cosmetólogo y fue asesinado debido a su orientación sexual.
El tercer hecho, en agosto de 1991, implicó el asesinato de Silvano Vela Carbajal, también por su condición de homosexual, a manos de terroristas del MRTA. Finalmente, el cuarto hecho, el 12 de julio de 1992, fue el secuestro y ejecución de Salomón Pérez Armas, alias “Pacharaco”, igualmente motivado por su orientación sexual.



