Congresistas ignoran cómo funciona la ONP y proponen ‘retiro’ de 3 UIT de “cuentas individuales”

Seis congresistas de un grupo parlamentario proponen el “retiro” de dinero de la ONP, pero dan detalles errados sobre el funcionamiento del sistema de reparto

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El retiro ONP tiene antecedentes
El retiro ONP tiene antecedentes inconstitucionales. Sin embargo, un grupo parlamentario ha ido más allá y señala inexactitudes graves que revelan que no conocen (o quieren desconocer) cómo funciona el sistema de reparto de la ONP. - Crédito Congreso

El Congreso sigue desconociendo sobre temas económicos. Como se recuerda, el año pasado un grupo de parlamentarios hizo preguntas que mostraban que no conocían las funciones del Banco Central de Reserva, frente al mismo Julio Velarde.

Esta vez seis congresistas del grupo parlamentario Juntos Por el Perú - Voces del Pueblo - Bloque Magisterial han firmado un proyecto de ley que tiene una serie de inexactitudes sobre el sistema de reparto de la Oficina de Normalización Previsional (ONP). En este texto se propone el retiro de hasta 3 UIT (S/16.050) de la ONP, pero señala que esto se sacará de “sus fondos acumulados en su cuenta individual” y que “la importancia es permitir las personas retiren una parte de su dinero ahorrado”.

Como se sabe, según cultura general y básica del sistema de pensiones, sobre el cual los congresistas y asesores deberían conocer al plantear un proyecto de ley sobre el tema, en la ONP no hay cuentas individuales y no se ‘ahorra’ dinero.

Así describe el sistema de
Así describe el sistema de repartos el proyecto de ley: con "dinero ahorrado" en "cuentas individuales". - Crédito Captura del Congreso

Los congresistas detrás del proyecto de ley

El proyecto de ley ha sido presentado nada más el pasado miércoles 10 de diciembre por la congresista Katy Ugarte, quien es también presidenta de la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso. Junto a su firma, están también las de los siguientes cinco parlamentarios.

  • Katy Ugarte Mamani, autora del proyecto
  • Roberto Sánchez Palomino
  • Elías Varas Melendez
  • Wilson Quispe Mamani
  • Jorge Coayla Juarez
  • Lucinda Vásquez Vela.

Si bien el proyecto de ley muestra desconocimiento (intencional o por ignorancia) sobre las funciones y composición de la ONP, la sola propuesta de la medida del retiro ONP puede también sugerir que los congresistas no saben qué la medida puede ser considerada como inconstitucional, pero esto incluiría también a los otros congresistas que presentaron otros diez proyectos de retiro de ONP.

“La presente iniciativa legislativa cuenta con un sólido sustento constitucional y legal, pues plantea un retiro excepcional orientado a proteger a los afiliados frente a situaciones económicas graves”, señala. Pero, según resalta un dictamen que reformuló dos de estos proyectos, el TC ya se pronunció por un tema similar.

Estos fueron los congresista que
Estos fueron los congresista que firmaron el proyecto de ley. Roberto Sánchez aparece dos veces. - Crédito Captura del Congreso

“El máximo intérprete de la carta magna declaró inconstitucional por el fondo y la forma la Ley 31083, Ley que establece un régimen especial facultativo de devolución de los aportes para los aportantes activos e inactivos bajo el Decreto Ley 19990 administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), por cuya razón aprobar los proyectos legislativos materia del presente dictamen bajo el concepto de devolución de aportes, podría colisionar con el fallo contenido en la sentencia 151-2021″, señalaba el texto.

Buscan implementar un mecanismo extraordinario

A pesar de las inexactitudes, el proyecto de ley, en su parte expositiva, sí señala que se debería buscar un mecanismo extraordinario para hacerla viable.

“La propuesta no deroga ni altera disposiciones esenciales normativas ni la organización de la ONP. Se limita a habilitar un mecanismo de acceso excepcional a los aportes en razón de circunstancias económicas extraordinarias. Su aplicación será complementaria a la normativa previsional vigente y exigirá la adecuación reglamentaria correspondiente para garantizar su correcta implementación operativa”, señala.